La publicación este martes por parte del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de EE.UU. del Aviso que informa oficialmente de la revocación del parole humanitario para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos ha dejado muchas dudas en relación con lo que puede pasar en estos 30 días que ha dado el gobierno para que los afectados asuman la medida y actúen en consecuencia.
En entrevista con Univision, la abogada Claudia Cañizares aclaró algunos puntos y dio algunos consejos para beneficiarios que cumplen el año y el día de estancia en EE.UU. en este plazo de tiempo hasta el 24 de abril; así como para aquellos que de cualquier manera no llevan un año en EE.UU. y que tampoco habían aplicado hasta la fecha para asilo político.
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Cañizares partió de advertir a los afectados acerca de que la medida es bien clara al decir que aquellas personas que no tenían una aplicación pendiente en el momento de la publicación del "Aviso" -es decir, que no tenían una base legal para permanecer en el país- están sujetas a ser deportadas de manera expedita.
No obstante, a partir de esa realidad en mente, la abogada hizo algunas sugerencias.
"El cubano que cumpla un año y un día antes del 24 de abril puede aplicar en el momento en que le toque, no puede aplicar antes. Si va a cumplir su año y su día antes del 24 de abril, pues claro que aproveche y que aplique", apuntó.
Sin embargo, la abogada añadió a continuación que su "preocupación más grande es que la medida dice que aquellas personas que no tienen una aplicación pendiente en el momento de la publicación están sujetas a ser deportados de manera expedita".
"Es decir, si no habías aplicado ya te estamos dando los 30 días, pero son 30 días para irte, no 30 días para que apliques", añadió, advirtiendo que si las autoridades se atienen de forma estricta a lo indicado en el Aviso, quien cumpla un año y un día este 28 de marzo, por ejemplo, no tendría derecho a aplicar a la residencia .
En lo que respecta a aquellos beneficiarios de parole humanitario que no tendrán un año y un día en EE.UU. antes del 24 de abril y que además no hayan aplicado a asilo, la recomendación de Cañizares es que lo presenten y explicó el motivo.
"Esta medida que se tomó puede que entre en una demanda federal, puede ser que den algún periodo de extensión para que las personas sometan aplicaciones si no las tenían pendientes", precisó.
"Mi recomendación es que aplique de todas formas, siempre que califiquen”, concluyó.No obstante, la abogada también advirtió que en principio “el documento es bien claro y dice 'no vamos a proteger a los que no tenían nada pendiente en el 25 de marzo de 2025'".
Revocación del parole humanitario
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de Estados Unidos publicó este martes, tal como estaba previsto, un aviso que informa de la “Terminación de los procesos de parole para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos”.
El extenso documento, firmado por la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, y publicado en el Registro Federal, comunica de manera oficial la decisión de dar por finalizados los programas de libertad condicional conocidos como CHNV, creados para permitir la entrada ordenada y controlada a EE.UU. de ciudadanos de esos cuatro países.
La medida tiene un profundo impacto para miles de personas y familias que hasta ahora dependían de este mecanismo para permanecer legalmente en Estados Unidos.
La fecha oficial de finalización de los programas CHNV es el 25 de marzo de 2025.
El DHS ha determinado que, como parte de la terminación de los programas de permiso de entrada CHNV […] el permiso de entrada de los extranjeros que hayan recibido permiso de entrada a Estados Unidos en virtud de dichos programas y cuyo permiso no haya vencido antes del 24 de abril de 2025, terminará en esa fecha”, a menos que el Departamento de Seguridad Nacional determine una excepción.
El DHS fue claro al afirmar que “las personas en libertad condicional que no tengan una base legal para permanecer en Estados Unidos tras la finalización de los programas deben salir del país antes de la fecha de vencimiento de su permiso”.
El Departamento de Seguridad Nacional indicó que el programa de parole humanitario “no representan un beneficio público significativo, no son necesarios para reducir los niveles de inmigración ilegal, no mitigaron suficientemente los efectos internos de la inmigración ilegal, no cumplen sus propósitos previstos y son incompatibles con los objetivos de política exterior de la Administración”.
¿Qué deben hacer las personas en libertad condicional?
El DHS establece un período de 30 días a partir del 25 de marzo para que los beneficiarios que no tengan base legal para permanecer en el país salgan voluntariamente.
Si no lo hacen, estarán sujetos a medidas coercitivas, incluyendo la deportación acelerada.
Quienes hayan iniciado trámites migratorios válidos no están obligados a salir, pero deben presentar evidencia de su proceso para evitar sanciones o ser incluidos en procedimientos de deportación.
¿Qué canales oficiales ha dispuesto el DHS?
El aviso publicado en el Registro Federal sirve como notificación oficial y legalmente vinculante para todos los afectados.
Adicionalmente, el DHS notificará a cada persona a través de su cuenta en línea de USCIS, asegurando así el alcance del mensaje, incluso si alguien no ha actualizado su dirección postal.
“La libertad condicional no es un derecho garantizado ni una vía para la residencia permanente”, recordó el DHS, insistiendo en que se trataba de un recurso excepcional, discrecional y revocable.
Paralelamente, este martes también fue noticia que la administración de Donald Trump ha pausado discretamente el procesamiento de solicitudes de residencia permanente de personas que ya fueron aprobadas como refugiados o a quienes se les concedió asilo en Estados Unidos.
Preguntas Frecuentes sobre la Revocación del Parole Humanitario para Cubanos
¿Qué impacto tiene la revocación del parole humanitario para los cubanos en EE.UU.?
La revocación del parole humanitario afecta a miles de cubanos que ingresaron a Estados Unidos bajo este programa, dejándolos sin una base legal para permanecer en el país. Aquellos que no hayan iniciado un proceso migratorio válido antes del 25 de marzo de 2025, enfrentan la posibilidad de deportación expedita.
¿Qué deben hacer los cubanos que cumplan un año en EE.UU. antes del 24 de abril?
Los cubanos que cumplan un año y un día en EE.UU. antes del 24 de abril pueden aplicar para ajustar su estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano. Deben presentar su aplicación en cuanto cumplan el tiempo requerido, no antes.
¿Qué opciones tienen los cubanos que no cumplen un año en EE.UU. antes del 24 de abril?
Los cubanos que no cumplan un año y un día en EE.UU. antes del 24 de abril y no hayan aplicado para asilo o cualquier otro beneficio migratorio enfrentan un riesgo elevado de deportación. Es recomendable que busquen asesoría legal para explorar sus opciones, como la solicitud de asilo si califican.
¿Cuántos cubanos podrían quedar sin estatus legal debido a esta medida?
Se estima que alrededor de 26,000 cubanos podrían quedar sin estatus legal en EE.UU. tras la revocación del parole humanitario. Estos son principalmente aquellos que ingresaron después de marzo de 2024 y aún no cumplen con el requisito de un año y un día de permanencia para acogerse a la Ley de Ajuste Cubano.
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