Amnistía Internacional respalda a los artistas cubanos que intentan impugnar el Decreto 349

Según la organización, las leyes que prohíben el insulto a jefes de Estado o personalidades públicas, son incompatibles con el derecho internacional de los derechos humanos.

Artistas cubanos se manifiestan contra el Decreto 349. © Amaury Pacheco OmniPoeta/ Facebook
Artistas cubanos se manifiestan contra el Decreto 349. Foto © Amaury Pacheco OmniPoeta/ Facebook

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Este artículo es de hace 6 años

La organización Amnistía Internacional ha manifestado su solidaridad con los artistas independientes de Cuba que están tratando de impugnar el Decreto 349 firmado por el presidente Miguel Díaz-Canel, y luchando “por un espacio donde puedan trabajar libremente y sin miedo a sufrir represalias”.

La citada norma jurídica, que debe entrar en vigor en diciembre, forma parte de las últimas disposiciones que regulan el cuentapropismo cubano, y establece las contravenciones en materia de política cultural y sobre la prestación de servicios artísticos.


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El texto, que en la práctica le otorga al aparato estatal un mayor control sobre la actividad de los artistas, estipula sanciones que incluyen multas de hasta de 2.000 pesos y decomiso de instrumentos y equipos, así como la suspensión de espectáculos, a quienes cometan cualquier infracción.

Ahora se ha pronunciado al respecto Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional, quien ha manifestado su temor de que las recientes detenciones arbitrarias de artistas de la Isla que protestaban contra el 349, constituyan “una ominosa señal de lo que está por venir”.

“En vez de afianzar su control de los artistas y las artistas que parecen excederse en sus críticas más allá de lo consentido por el Estado, las autoridades cubanas deben hacer cambios progresivos para proteger los derechos humanos”, dice la declaración dada a conocer este viernes.

La organización reveló su preocupación por las limitaciones imprecisas contenidas en la nueva ley cubana. Un ejemplo son los artículos 3 y 4, que prohíben los materiales audiovisuales donde se emplee un “lenguaje sexista, vulgar y obsceno” y definen como contravención comercializar “libros con contenidos lesivos a los valores éticos y culturales”.

En opinión de Guevara Rosas, usar los conceptos de “obsceno”, “vulgar” o “lesivos a los valores éticos y culturales” para prohibir expresiones artísticas, no cumple los criterios de finalidad legítima, necesidad y proporcionalidad establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos.

La falta de precisión en el texto facilita la aplicación arbitraria del decreto, y permite reprimir aún más a las voces críticas, en un país donde los artistas llevan decenios sufriendo el hostigamiento.

Ello contravendría no sólo el derecho a la libertad de expresión de los artistas, sino el de todo aquel que desee buscar y recibir cualquier tipo de información.

Agrega Amnistía Internacional que, según las normas internacionales de derechos humanos, cualquier restricción del derecho a la libertad de expresión debe estar formulada en la ley con suficiente precisión para evitar interpretaciones excesivamente amplias o arbitrarias, y debe especificar claramente qué conducta está o no prohibida.

Además, la ley debe demostrar por qué tales restricciones son necesarias para proteger un determinado interés público que, según el derecho internacional de los derechos humanos, sólo puede ser: la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas, o los derechos o la reputación de otras personas.

Por último, el texto recuerda que se debe proteger la libertad de expresar ideas y opiniones, incluso si éstas son ofensivas. Por ello, las leyes que prohíben insultos o expresiones de falta de respeto a jefes de Estado o instituciones públicas son incompatibles con el derecho internacional de los derechos humanos.

Cuba es signataria del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que en su artículo 19 protege el derecho a la libertad de expresión. El gobierno cubano está obligado a abstenerse de realizar actos que contravengan su objeto y fin.

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