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El gobierno cubano ha anunciado este lunes en sus canales de prensa oficiales la implementación de “20 normas legales agrupadas en varios decretos, así como 14 resoluciones complementarias” para regular el ejercicio del trabajo por cuenta propia en la Isla.Amparadas en la Ley No. 113, Del Sistema Tributario y nacidas para reducir las “desviaciones relacionadas, fundamentalmente, con la utilización de materias primas de procedencia ilícita, así como el incumplimiento de las obligaciones tributarias y la subdeclaración de ingresos” -según información publicada en el oficialista Granma- se introdujeron adecuaciones tributarias, recogidas en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35. de este martes 10 de julio.Pese a que la viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Marta Elena Feitó Cabrera, ha reconocido que el trabajo por cuenta propia ha incidido en “el reordenamiento laboral y la reducción de plantillas infladas en el sector estatal y, a su vez, ha contribuido gradualmente a liberar al Estado de algunas actividades productivas y de servicios no estratégicas para el desarrollo del país”, ha incrementado la oferta, mejorado la calidad de los servicios, y el pago de los tributos; surgieron -aclara la vicetitular del ramo- las referidas desviaciones que llevaron a la suspensión temporal en 2017 de nuevas autorizaciones “de 27 de las actividades aprobadas” y han desembocado en las nuevas normativas para el ejercicio de estas actividades.Dentro de los principales acápites y puntos recogidos en las nuevas regulaciones se incluyen:Regímenes de tributación, cuotas mensuales y gastos deducibles para las actividades que se agrupan“De las 123 actividades que quedaron aprobadas luego de la reagrupación, 52 aportarán por el Régimen General y 71 lo harán por el Simplificado, el cual consiste en el pago mensual de una cuota consolidada”, informó Granma.La couta mínima en la capital se incrementa en 41 de las actividades integradas y en el resto del país a 20 de ellas. “Dichos incrementos van de cinco a 360 pesos, aunque en el último rango apenas se localiza el 2% de los TCP.”Paralelamente se disminuyen “las cuotas mínimas a 39 actividades y solo a 22 en La Habana”.En el caso de los contribuyentes que causen baja y se reincorporen posteriormente “a la misma actividad u otra de similar alcance” en un plazo inferior a 24 meses “se les fijará, de acuerdo con el directivo, la cuota que tenían antes de la cancelación”.Impuesto por la utilización de fuerza de trabajoSegún el Director general de Política Fiscal del MFP la principal novedad en este punto es la eliminación de “la exoneración del pago de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores, y a su vez se ajusta la base imponible mínima para el pago de este impuesto, cuyo tipo impositivo continúa siendo del 5 %”.GranmaImplementación de la Cuenta bancaria fiscal“Permitirá transparentar la gestión financiera de los TCP y, en un inicio, será de carácter obligatorio para aquellos que brinden servicios gastronómicos, constructivos, arrendamiento de vivienda, habitaciones y espacios, así como la transportación de pasajeros en vehículos de motor (de cuatro a 14 plazas) en La Habana”.Se establece un saldo mínimo, que deberá coincidir con “tres cuotas mensuales del contribuyente” . Por esa cuenta “deberán transitar todas las operaciones financieras relacionadas con la actividad”.Se dispondrá de 30 días tras haber sido “notificados por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT)” para abrir la cuenta y de 90 para “cubrir el saldo mínimo”.Régimen simplificado de los agentes de telecomunicacionesPara quienes “obtengan ingresos mensuales hasta 2.500 pesos, se mantendrá la cuota mensual fija de 20 pesos, la cual puede ser incrementada por los gobiernos municipales hasta 75 pesos”.Cuando los ingresos mensuales rebasen los 2.500 pesos se aplicarán cuotas siguiendo la siguiente tabla.GranmaReestructuración de las actividades vigentesComo bien señala la nota publicada en medios oficiales no se elimina ninguna de las actividades previamente autorizadas, sino que se agrupan en 123, frente a las 201 precedentes.Adicionalmente se crearon las tres nuevas actividades: “servicio de bar y recreación, panadero dulcero, y arrendador de medios de transporte”. Lo anterior es consecuencia directa de las irregularidades detectadas en el pasado de establecimientos concebidos como restaurantes o cafeterías que fungían también como clubes o centros de ocio nocturnos.Esta nueva actividad, que “se desprende de la actividad de servicios gastronómicos en restaurantes”, permitirá, según informó la viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), “ofertar bebidas alcohólicas y no alcohólicas en su estado natural o en coctelería, así como alimentos ligeros”, además de tener “música grabada, proyección de audiovisuales musicales o presentaciones de artistas profesionales”, dentro de las normas y procedimientos establecidos por el Ministerio de Cultura.Suspensión temporal del ejercicio de la actividadLas nuevas regulaciones contemplan, como adelantábamos hace días, la suspensión temporal del ejercicio en circunstancias como las siguientes:- Podrá concederse por un tiempo de seis meses a los instructores de automovilismo, los transportistas y los arrendadores de medios de transporte para reparar el vehículo.- Para realizar acciones de conservación y remodelación del inmueble: los arrendadores de vivienda, habitaciones y espacios; los asistentes para la atención educativa y de cuidado de niños, así como quienes oferten servicios de bar y recreación y gastronómico en restaurante o cafetería.- Para laborar como juez legoDe igual manera, se contempla el traspaso del cumplimiento de los deberes del titular a alguno de sus trabajadores contratados si necesita “ausentarse por una salida al exterior o por enfermedad prolongada de él o de sus familiares”. Esta medida responde a un viejo reclamo de los TPC que debían cerrar sus locales o suspender la actividad, por ejemplo, cuando marchaban al extranjero.Autorizaciones para ejercer solo una de las actividades aprobadasAunque reconocen que esta medida puede parecer poco flexible responde, según explican, responde a que “antes se podían obtener varias licencias”.Los 9 657 TCP – el 1.6% de los 591 456 del país– que poseen “más de una autorización en las actividades que no se integraron”, disponen de “90 días posteriores a la entrada en vigor del Reglamento, para que acudan ante la entidad que emitió la autorización, a los efectos de realizar las modificaciones correspondientes y elegir con cuál licencia continuarán y cuál cancelarán”.GranmaSe autorizará “en un mismo domicilio legal solo una de las actividades siguientes”: servicio gastronómico en restaurante; servicio gastronómico en cafetería y servicio de bar y recreación.Licencias que no se otorgarán másSegún el oficialista Granma “se ratifica la decisión de no otorgar nuevas autorizaciones para las siguientes actividades; vendedor mayorista y minorista de productos agropecuarios; operador de equipos de recreación (para equipos rústicos); carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria, comprador vendedor de discos”Simplificación de los mecanismos de control«Que diferentes cuerpos de inspección visiten los mismos lugares en breves espacios de tiempo resulta contraproducente y no debe permitirse. De ahí que cada territorio deba organizar, pormenorizadamente, su fiscalización» reconoce la viceministra. En este sentido se pretende corregir la dispersión legislativa que existía.Las sanciones estarán en correspondencia con la magnitud de la violación e incluyen “desde la aplicación de multas hasta la cancelación definitiva de la licencia”.Transportación de pasajerosDentro de las novedades se incluye “el otorgamiento de la Licencia de Operación de Transporte (LOT) para los servicios auxiliares y conexos, la cual se concederá por única vez de modo gratuito. Además, se restituye la extensión municipal, provincial y nacional de esta licencia (hoy todas tienen alcance nacional).”Será requisito indispensable disponer de licencia de conducción del medio de transporte de que se trate y más de tres años de experiencia como conductor de vehículos de motor si se brindan “servicios en ómnibus, camionetas y camiones”.Experimento en la capital: servicio público de transportación de pasajeros“Se aprobó la realización de un experimento que comprende a más de 6 000 titulares de licencia, quienes ofertan servicios en auto, jeep, paneles y microbús con capacidad entre cuatro y 14 plazas” que consiste “ordenar el servicio de transportación de pasajeros en un sistema de 26 piqueras con 23 rutas asociadas, lo cual fue dispuesto por el Consejo de Administración de la capital”.Para participar de él será requisito indispensable “abrir cuentas bancarias asociadas a una tarjeta magnética para la realización de las transacciones de pago con las entidades estatales”.Se establecerá una obligación de un consumo mínimo anual de combustible adquirido por tarjeta magnética.Quienes se acojan al experimento contarán con los siguientes precios de venta por litro:Diésel-2 CUP, Gasolina de motor-10 CUP, Gasolina regular-13 CUP y Gasolina Especial-16 CUP.Quienes no se acojan a este experimento piloto en la capital tendrán la misma obligatoriedad de consumo de combustible mínimo, que adquirirán a precio de minoriastas de acuerdo al tipo que sea.Entrada en vigorLas 20 normas legales agrupadas en varios decretos, así como 14 resoluciones complementarias para regular el sector privado en la isla entrarán en vigor 150 días después de su publicación en la Gaceta Oficial.En ese mismo momento “se reiniciará la entrega de autorizaciones para las 27 actividades que están actualmente limitadas”Los accesos a las nuevas normativas, según ha adelantado, “estarán disponibles en formato digital en el sitio de la Gaceta Oficial y gradualmente se pondrá a la venta, en su versión impresa, a partir del próximo 1ro. de agosto”.
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