Beneficiarios de parole humanitario pueden extender plazo de autorización de viaje

Aquellos patrocinadores que hayan presentado el Formulario I-134A a nombre de un beneficiario o sus familiares inmediatos son los únicos habilitados para solicitar la extensión de autorización de viaje. El plazo se prorroga una sola vez, por otros 90 días.

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Este artículo es de hace 1 año

La Embajada de Estados Unidos en Cuba informó a los solicitantes y beneficiaros de parole humanitario que, aquellos que no puedan viajar en el plazo estipulado de 90 días, pueden solicitar a través del patrocinador una prórroga de otros tres meses a las autoridades estadounidenses.

“Sabías que si por razones fuera de tu control no puedes viajar dentro de los 90 días del periodo de validez de tu autorización de viaje, el patrocinador debe presentar una petición única para una extensión de la autorización de viaje por 90 días a USCIS”, informó la sede diplomática en Twitter.


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Aquellos patrocinadores que hayan presentado el Formulario I-134A a nombre de un beneficiario o sus familiares inmediatos son los únicos habilitados para solicitar la extensión de autorización de viaje: únicamente los patrocinadores, no los beneficiarios; y una sola solicitud de prórroga.

En una serie de imágenes, los funcionarios estadounidenses detallaron esta cuestión que afecta a beneficiarios que no consiguen viajar dentro de los 90 días que establece el procedimiento.

Twitter / @USEmbCuba

En caso de no poder viajar en el plazo estipulado, el patrocinador debe “presentar la solicitud de extensión no más de 30 días antes ni más de 30 días después de la fecha de caducidad del periodo de autorización de viaje aprobado”.

Los patrocinadores deben solicitar una extensión por separado por cada beneficiario. Una vez hecho esto, la Oficina de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) evalúa la solicitud y envía la petición, junto con la información del beneficiario, al Departamento de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) para que lleven a cabo una investigación adicional.

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Si CBP aprueba la solicitud, el beneficiario recibe una notificación por correo electrónico cuando se publique la notificación de extensión de autorización de viaje en su cuenta.

Por razones de privacidad, solo el beneficiario puede ver la notificación de extensión de autorización de viaje en su cuenta online, y será este quien notifique el resultado al patrocinador.

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“Si la aprobación de autorización de viaje original del beneficiario caducó más de 30 días antes o después de la solicitud de extensión o si el beneficiario no puede viajar a Estados Unidos durante la extensión única de 90 días, la persona de apoyo deberá presentar un nuevo Formulario l-134A a nombre del beneficiario y obtener una nueva autorización de viaje”, indicaron las autoridades.

Más de 29 mil cubanos ha sido aprobados para viajar a Estados Unidos por el programa de parole humanitario desde enero a la fecha, pero cerca de 400 mil peticiones de cubanos están pendientes de ser aprobadas, según cifras actualizadas del Departamentos de Seguridad Nacional (DHS).

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