Ley 35 contra los cubanos; contra la historia

Jamás debe penalizarse la opinión política, incluso cuando sea ruda. La libertad es intrínseca a lo humano y ningún poder tiene derecho a permitirla porque no tiene facultad para reducirla, sino exclusivamente el deber de asegurarla, defenderla.

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Este artículo es de hace 3 años

Acaba de promulgarse en Cuba el Decreto-Ley No. 35 acerca de las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y el uso del Espectro Radioeléctrico. Esta norma jurídica ensancha el contenido del Decreto-Ley No. 370, de julio de 2019, como si este le pareciera insuficiente al poder; si bien no lo deroga, lo cual constituye una rareza.

Cabe destacar este acontecimiento porque es parte de un extenso e intenso quehacer desacertado del gobierno durante la última etapa. Ello signado por una colosal incapacidad para lograr una economía eficaz, una impresionante disfuncionalidad institucional, un riesgoso “absurdo ideológico” y una alarmante disonancia entre sociedad y poder.


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Este documento jurídico se presenta como legislación sobre la ciberseguridad o seguridad de la tecnología informática. Esto, en cualquier lugar del orbe, con el propósito de proteger la información ofrecida en tales medios a través de la prevención de agresiones maliciosas a computadoras y servidores, dispositivos móviles y sistemas electrónicos, redes y datos.

Estas leyes no tratan el contenido de los mensajes que provienen de la libertad de expresión, que son enjuiciados solamente cuando vulneran la dignidad humana, además por medio de jueces independientes al gobierno y de acuerdo a precisos cánones penales. O sea, únicamente serían punibles las acciones contrarias a la libertad, ya sean discriminaciones sociales, culturales, raciales, de género, políticas; jamás debe penalizarse la opinión política, incluso cuando sea ruda.

A diferencia, el Decreto-Ley No. 35 transgrede dicho carácter. Refrenda la informática sólo como instrumento para defender la Revolución y no un derecho ciudadano, nunca indica los modos de asegurar los medios informáticos individuales, establece la posibilidad de que cualquier expresión sea punible, concede a diversas instituciones la facultad de indicar culpables e imponer sanciones, al mismo tiempo desde una discrecionalidad totalmente alejada de cualquier criterio de Justicia, de Derecho.

Ciertamente, en Cuba no hay leyes sobre la libertad de expresión, sino leves enunciaciones ambiguas que aseguran la falta de garantía real. Se hace necesario despejar esta anomalía, mas no elaborar al respecto un cuerpo legal detallando y menos incorporarlo en una norma de otra naturaleza.

La libertad es intrínseca a lo humano y ningún poder tiene derecho a permitirla porque no tiene facultad para reducirla, sino exclusivamente el deber de asegurarla, defenderla.

A la vez, el gobierno lo impone de modo impolítico. El imperio de las leyes no deriva meramente del poder. Necesita, sobre todo, un contenido demandado por la sociedad capaz de imponerse frente a las aisladas conductas contrarias. Pero en este caso la mayoría de los cubanos aboga por una genuina libertad de expresión y la obstinación del Estado acontece como minoría colocada en las antípodas de lo legitimo.

Los sensibles absurdos acumulados por los gobernantes cubanos deberían interpelarlos. Ello sería una necesidad obvia para cualquier político, con independencia de la orientación ideológica, puesto que lo insensato deja de ser accidente ocasional del gobierno y prefigura la política toda, sólo cuando los políticos marchan en contra de la gente, de la historia.

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Artículo de opinión: Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de su autor y no representan necesariamente el punto de vista de CiberCuba.

Roberto Veiga González

Licenciado en Derecho por la Universidad de Matanzas y Maestría en Desarrollo Social por la Universidad Católica de Murcia. Editor de la revista católica Espacio Laical (2005-2014). Director del Laboratorio de Ideas Cuba Posible (desde 2014) y miembro del Diálogo Interamericano (desde 2015).


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