Requisitos que deben cumplir los campesinos cubanos para vender carne de res

"El productor puede comer carne, darle a la hermana si vive al lado, pero no puede vender en la casa", dijo el ministro de Agricultura.

Ganadero cubano (Imagen referencial) © Vanguardia
Ganadero cubano (Imagen referencial) Foto © Vanguardia

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Este artículo es de hace 3 años

El gobierno cubano dio a conocer los requisitos que deben cumplir los productores agropecuarios para poder comercializar su carne de ganado menor y mayor, una medida anunciada semanas atrás que persigue aumentar la escasa producción de alimentos en el país.

Este jueves el ministro de la Agricultura, Ydael Jesús Pérez Brito, explicó los cinco requisitos que los criadores de ganado bovino (vacas y búfalos), deben respetar para legalmente sacrificar, consumir y vender sus animales al precio fijado por el Estado.


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"Hay que cumplir requisitos para el sacrificio, consumo y comercialización y, una vez iniciado el trámite por el productor, la Delegación de la Agricultura tiene una semana para dar respuesta", dijo el titular, citado por el semanario Escambray.

El primer requisito es estar acreditado en el registro de la tierra y en el de control pecuario.

"El tenedor de ganado sin tierra no está autorizado a matar; si quiere, debe pedir tierra", recalcó el funcionario.

El segundo aspecto se refiere a la obligatoriedad de cumplir con el plan de entrega de carne o de leche, algo que ya había enfatizado el gobernante Miguel Díaz-Canel cuando anunció la medida días atrás.

En el caso de la venta de carne, ello dependerá de la tasa de extracción anual y peso al sacrificio de la res. En el de la leche, el campesino tendrá que alcanzar un mínimo de 520 litros de leche al año por vaca –-para aquellos que posean entre una y 10 reses–, y 550 litros para los que superen esa cifra.

El ex segundo secretario del Partido Comunista, José Ramón Machado Ventura, advirtió que debía aumentar el rigor en los planes de entrega de leche al gobierno, que debían "ser tensos" ya que "un plan cómodo lo va a sobrecumplir todo el mundo".

Del tercer requisito también se había hablado con anterioridad. Se trata de que para sacrificar un animal el productor debe garantizar el crecimiento de su rebaño.

"Una vez cumplido su plan contratado, el productor puede sacrificar para el consumo y comercialización en la categoría establecida, un animal de cada tres que incremente en su rebaño", precisó el dirigente, citado por el semanario Invasor, de Ciego de Ávila.

"Todas las formas productivas pueden sacrificar para el consumo y la comercialización, un animal de cada tres de incremento en su rebaño; o sea, si crece en tres, mata uno; si aumenta en seis, mata dos, si creció en nueve, mata tres, y así sucesivamente", señaló Pérez Brito.

La cuarta condición establece el sacrificio de los machos en categoría de añojo, torete y toro, así como de las hembras de desecho no aptas para la reproducción, las cuales deben ser certificadas por la autoridad competente.

Por último, es obligatorio no tener faltantes en el ganado bovino.

"Las primeras aprobaciones para matar se realizarán a partir de mayo con el cierre del 2020, de manera que si el productor demuestra que no creció la masa, pero cumplió la entrega de leche y carne el año pasado, puede sacrificar según la proporción fijada", subrayó.

El ministro explicó que el sacrificio del ganado se regirá por precios por acuerdo entre las partes —matadero o loza sanitaria y productor—, y también estará sujeto a la certificación sanitaria requerida.

"El productor puede comer carne, darle a la hermana si vive al lado, pero lo que no puede es vender en la casa", remarcó.

"La parte que vaya a comercializar es en la red especializada aprobada por el gobierno del municipio, cumpliendo las regulaciones sanitarias vigentes y a precio por acuerdo. También puede vender al turismo, cadenas de tiendas, mercado en MLC y en la Zona Especial de Desarrollo del Mariel", recordó el titular del sector.

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