Vídeos relacionados:
El Gobierno de Panamá anunció este 16 de marzo un nuevo Decreto Ejecutivo que exonera del requisito de visado de tránsito a los cubanos que regresan a la isla, a los residentes en el extranjero o que tengan visado múltiple no inferior a seis meses en el momento en que transiten por territorio panameño.
“Estarán exceptuados del requisito de obtención de la visa para pasajeros o tripulantes en tránsito los ciudadanos cubanos que viajen hacia Cuba, o que posean residencia vigente o visa múltiple, previamente utilizada en el territorio del Estado otorgante con una vigencia no inferior a seis meses al momento del tránsito", indica el Decreto Ejecutivo n.20 del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la nación centroamericana.
Lo más leído hoy:
El documento añade que las citadas excepciones son para quienes posean residencia o visa múltiple otorgada por "Canadá, Estados Unidos de América, Mancomunidad de Australia, República de Corea, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Singapur y cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea”.
El texto añade que “todos los demás pasajeros o tripulantes con pasaporte cubano que requieran hacer tránsito por la república de Panamá, estarán sujetos a la visa para pasajeros o tripulantes en tránsito”.
El nuevo Decreto Ejecutivo, suscrito por el presidente de la República, Laurentino Cortizo; y por el ministro de Seguridad Pública, Juan Manuel Pino, modifica los artículos Uno y Dos de la anterior disposición, del 8 de marzo de este año.
El anuncio a principios de marzo de la entrada en vigor de un visado de tránsito para viajar a Panamá se convirtió en una pésima noticia para aquellos cubanos que en los últimos meses optaron por la nación centroamericana como conexión en sus vuelos hacia Nicaragua, país que no exige visado a los ciudadanos de la isla desde noviembre de 2021, y que se ha convertido en puente para quienes buscan arribar a EE.UU. cruzando fronteras.
La resolución precisó que la visa de tránsito será otorgada hasta por 24 horas y solo autoriza al migrante a permanecer en el área de tránsito internacional del aeropuerto, con la finalidad de que pueda continuar su viaje hacia otro destino o a su país de origen.
El costo de la visa será de 50 balboas, equivalentes a unos 50 dólares estadounidenses y debe ser solicitada por el interesado ante el consulado panameño del país en que se encuentre, con un plazo mínimo de quince días hábiles antes de la fecha prevista de viaje.
Tras el anuncio de la medida, cientos de cubanos se manifestaron en las inmediaciones de la embajada de Panamá en La Habana con el fin de conseguir un aplazamiento de la entrada en vigor de la medida. Primero consiguieron que se prorrogara hasta el 13 de marzo y luego hasta el 15.
Sin embargo, las autoridades no accedieron a una prórroga que abarcara todo el mes de marzo, como exigían los cubanos que durante varios días se concentraron junto a la sede diplomática.
La obligatoriedad de un visado de tránsito para cubanos que viajen a Panamá llega en un momento en que países vecinos como Colombia o Costa Rica también han adoptado restricciones al tránsito de ciudadanos de la isla.
En febrero, Costa Rica comenzó a exigir visa de tránsito a los cubanos, mientras que ese mismo mes Colombia dejó de emitirlas por completo hasta nuevo aviso.
Archivado en: