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Visado de tránsito para cubanos que viajen a Panamá entrará en vigor este 13 de marzo

A partir de las 12:00 de la noche del 13 de marzo, todo cubano que arribe a Panamá en un vuelo de conexión hacia otro destino o de regreso a la isla deberá tener visa de tránsito.


Este artículo es de hace 2 años

El visado de tránsito establecido por el Gobierno de Panamá para los cubanos que hagan escala en el país entrará en vigor este domingo.

A partir de las 12:00 de la noche del 13 de marzo, todo cubano que arribe a Panamá en un vuelo de conexión hacia otro destino o de regreso a la isla deberá tener la Visa para Pasajeros o Tripulantes en Tránsito en el pasaporte, la cual se otorga por un periodo máximo de veinticuatro horas y solo autoriza al migrante a permanecer en el área de tránsito internacional del aeropuerto.

Los cubanos que requieran hacer escala en Panamá deberán solicitar la visa de tránsito en la Embajada de Panamá en La Habana, como mínimo 15 días antes de la fecha de viaje.

Para la solicitud, es necesario entregar dos fotos tamaño carné, una copia del pasaporte con seis meses mínimos de vigencia, copia del carné de identidad, una reserva de avión con itinerario de viaje, el formulario de solicitud de visado de tránsito y el comprobante de pago (50 balboas, equivalentes a unos 50 dólares estadounidenses).

Una vez entregados todos los documentos, el cónsul panameño del país en que se encuentre el interesado los enviará al Servicio Nacional de Migración, entidad que "comunicará la aprobación o rechazo de la solicitud presentada".

La obligatoriedad de un visado de tránsito para los cubanos en Panamá se estableció este 8 de marzo, en el Decreto Ejecutivo 19 del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la nación centroamericana.

"Se establece la Visa para Pasajeros o Tripulantes en Tránsito como requisito para los ciudadanos extranjeros de nacionalidad cubana que viajen por la República de Panamá, hacia otro destino o de retorno a su país, durante un periodo de tres meses", señala el decreto.

El anuncio de la inmediata entrada en vigor de un visado de tránsito para viajar a Panamá dificulta los planes de viaje de cubanos que utilizan Panamá como conexión en sus vuelos hacia Nicaragua, país que no exige visado a los ciudadanos de la isla desde noviembre último.

La Embajada de Panamá en La Habana amaneció este miércoles repleta de cubanos en protesta por la medida. Imágenes difundidas en redes sociales mostraban a cientos de personas aglomeradas en los alrededores de la sede diplomática, muchos en busca de respuesta porque ya tienen pasajes comprados para marzo.

A continuación, reproducimos el comunicado oficial de la Embajada de Panamá en Cuba:

Mediante el Decreto Ejecutivo No. 19 del 8 de marzo de 2022 se establece el requisito de Visa de Tránsito para ciudadanos cubanos que viajen en tránsito por la República de Panamá.

Bajo la Resolución 4635 del 9 de marzo de 2022, el requisito de visa de tránsito empezará a regir a partir domingo 13 de marzo de 2022.

La solicitud de visa de tránsito debe hacerse ante el Consulado de Panamá con un mínimo de quince (15) días hábiles antes de la fecha de viaje.

Los requisitos a presentar son:

1.Formulario de Solicitud de Visa de Transito.

2.Dos fotos tamaño carné.

3.Copia del pasaporte con seis meses mínimos de vigencia.

4.Reservación aérea comprobada, con itinerario de continuación de viaje.

5.Copia del documento de identidad del país de residencia.

6.Comprobante de pago de los derechos consulares.

En el caso de los menores de edad, la solicitud debe presentarla uno de sus progenitores con la autorización del otro progenitor, o quien tenga la tutela debidamente acreditada.

Si usted requiere visa de tránsito y tiene pasaje a partir del domingo 13 de marzo de 2022 hasta el final de marzo debe reprogramar su viaje para poder solicitar la Visa de Tránsito dentro del tiempo establecido de quince (15) días hábiles.

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