El gobierno de Cuba impedirá la concentración de riquezas a entidades o personas naturales al establecerse como socios de alguna empresa privada recientemente aprobada con el Decreto-Ley de MIPYMES.
Tal disposición, recogida en las normas jurídicas de los nuevos actores económicos, responde al diseño del sistema socialista cubano, puntualizó este martes la viceministra de Economía y Planificación Johana Odriozola durante su intervención en el espacio oficialista de la TV cubana Mesa Redonda.
Odriozola al responder dudas sobre la participación de una persona natural en más de una MIPYME en Cuba enfatizó, que el gobierno sí impedirá la concentración de la propiedad y la riqueza en actores no estatales o personas naturales al establecer como socio en algunas de estas empresas.
Es así precisamente, reiteró, para evitar la concentración de la propiedad y la riqueza, un elemento que no es coherente con nuestro diseño de socialismo, algo que pudiera burlarse si se constituyen sucesivas MIPYMES siendo el dueño una misma persona.
De hacerse, advirtió, se estaría de alguna manera incumpliendo el precepto constitucional, por lo cual se concibió que en el caso de esas nuevas formas de gestión privada los socios sean solo personas naturales.
La viceministra puntualizó que el dinero o los bienes que una persona posea lo puede poner en función de ese emprendimiento o negocio para que los integrantes puedan hacerlo crecer en lo que estén haciendo, pero no siendo socio en más de una empresa de este tipo.
Solo se permite, aclaró, que una persona sea socio de una MIPYME y de una cooperativa no agropecuaria. En la primera, señaló, no está obligada a trabajar, como dueño o titular, aunque en nuestra realidad generalmente lo hace porque son empresas pequeñas, pero en la segunda sí labora.
La titular abundó en su intervención que el objeto social de las micro, pequeña y mediana empresas es amplio. Las mismas no se tienen que dedicar a una única actividad, ya que pueden realizar cuantas actividades puedan y estén autorizadas.
Odriozola recordó que, según lo estipulado en las normas jurídicas, solo pueden ser socios de las MIPYMES privadas personas naturales.
Los asociados de esas entidades como dueños adoptan las decisiones en función de sus aportaciones al capital social, añadió, además, para lo cual se sirven de la contratación de fuerza asalariada, aunque “la propiedad en este caso es privada y responde a intereses privados”, insistió.
La vice ministra reiteró que la creación de MIPYMES será priorizada para aquellas que se dediquen a la producción de alimentos, las de base tecnológica relacionadas con manufactura aditiva, robótica o creación de nuevos materiales o asentadas en parques tecnológicos.
Igual serán priorizadas aquellas con proyectos de desarrollo local coherentes con la política aprobada de desarrollo territorial y toda la actividad de economía circular, que tiene como punto esencial emplear materias primas nacionales.
Las MIPYMES cubanas fueron aprobadas por el gobierno el 19 de agosto de este año, tras la publicación en la Gaceta Oficial del Decreto-Ley 46, con el objetivo de “regular la creación y funcionamiento” de las MIPYMES y “facilitar” su inserción en el ordenamiento jurídico y en la “transformación productiva del país”.
Sin embargo, este renacer de la “economía privada” se decretó con la limitante de que “los cubanos residentes en el exterior y los extranjeros no podrán ser socios de empresas privadas en Cuba, y solo se podrá ser socio de una única empresa”.
Solo podrán asociarse a cualquiera de esta MIPYMES quienes residan en la isla, quienes pierden importantes posibilidades de financiación y acceso a inversiones desde otras fuentes fuera de la isla.
Recientemente el economista Elías Amor advertía también en CiberCuba que “no conviene hacerse grandes ilusiones”, porque el “marco creado es intervencionista, regulador, controlador y, sobre todo, bien dotado de instrumentos para dar castigo a todo aquel que se separe de lo establecido en la norma”.
“Básicamente, porque no se resuelve la cuestión constitucional de que los medios de producción pertenecen al pueblo siendo gestionados por el estado”, detalló, el economista.
Amor refirió, además que “el artículo 18 de la Constitución comunista de 2019 es claro al respecto. Allí se establece que en la República de Cuba rige un sistema de economía socialista basado en la propiedad de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, como la forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que tiene en cuenta, regula y controla el mercado en función de los intereses de la sociedad”.
“Con esta definición que forma parte de los Fundamentos económicos recogidos en el Título II, ¿alguien puede siquiera imaginar cómo pueden funcionar las MIPYMES privadas?”, cuestionó también.
“La conclusión que cabe extraer es que, desde la perspectiva del modelo social comunista que existe en el país y la norma que lo sostiene y reivindica, la constitución, las MIPYMES no tienen fácil encaje si no se enmienda el diseño”, concluyó el experto en su análisis sobre estos nuevos actores de la economía cubana.
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