Cuba anuncia nuevas normas jurídicas para los campesinos: podrán firmar contratos con empresas y tener cuentas bancarias

La norma entrará en vigor en un plazo de 180 días de su publicación oficial en la Gaceta.

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El Gobierno cubano anunció este jueves nuevas normas jurídicas para las cooperativas agropecuarias y campesinos, las cuales buscan impulsar la insuficiente producción agrícola de la isla.

Las medidas establecidas en el Decreto Ley No. 365 y su reglamento complementario fueron publicados este viernes en la Gaceta Oficial.


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Las nuevas normas autorizan "el vínculo directo entre agricultores pequeños, asociados o no a las cooperativas agropecuarias, con personas naturales y jurídicas (empresas)".

Los campesinos también podrán firmar contratos con personas naturales y jurídicas "sin intermediarios".

Otra de las novedades es que las Cooperativas de Créditos y Servicios (CCS) pueden crear cuentas bancarias "para el pago a las ventas que realizan los productores". Asimismo, aclaran que dichas cuentas no son patrimonio de las CCS, por lo que no pueden retener el dinero.

Por cada cooperativa se creará, además, el fondo de desarrollo. El mismo se "dedica a la adquisición de medios básicos, la construcción de instalaciones productivas y sociales, el desarrollo científico técnico y actividades de capacitación y a la protección del medio ambiente. El monto de este fondo se aprueba en la asamblea general a partir de las utilidades después del pago de impuesto".

Orlando Díaz Rodríguez, director Jurídico del Ministerio de la Agricultura (MINAG), explicó a Cubadebate que la idea es otorgar mayores facultades y crear escenarios favorables para el progreso de las cooperativas agropecuarias.

A partir de ahora solo “la empresa, a la cual se vincula la cooperativa, asume la responsabilidad de controlar el cumplimiento de las normas técnicas que rigen el proceso productivo”, explicó el funcionario.

Ricardo Monzón Novoa, director de Desarrollo Cooperativo del MINAG, aclaró por su parte que “la vinculación no significa subordinación”, es decir, que las empresas no regirán a las cooperativas y campesinos, sino que tendrán relaciones "contractuales y de igualdad".

Con la entrada en vigor de este Decreto "se autoriza a los agricultores pequeños, asociados o no a las cooperativas agropecuarias, a contratar directamente la fuerza de trabajo permanente que requieran".

Las nuevas normativas entrarán en vigor en un plazo de 180 días a partir de hoy. Con este Decreto se derogan la Ley No. 95 “De las Cooperativas de Producción Agropecuaria y de Créditos y Servicios”, del 2 de noviembre de 2002, y el Decreto Ley No. 142 “Sobre las Unidades Básicas de Producción Cooperativa”, de 20 de septiembre de 1993.

Esta "flexibilización" para el trabajo de los campesinos y las cooperativas de producción agropecuaria llega en medio de la escasez de alimentos que vive la Isla, en la que expertos alertan de la llegada de un segundo Período Especial.

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