Cuba establece nuevas regulaciones para la importación de alimentos de origen animal

El MINAGRI publicó un listado con los productos que desde el 10 de enero gozan de "facilidades para la importación" por parte de personas naturales y aquellos otros que están prohibidos.

Tipos de carne que no se pueden importar a Cuba ©

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El gobierno cubano anunció nuevas regulaciones sanitarias para la importación de productos de origen animal, algo que es fundamental que los viajeros a la isla tengan bien claro con vistas no sufrir decomisos inesperados en el aeropuerto al entrar al país.

Las nuevas disposiciones han sido establecidas por el Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA) del Ministerio de la Agricultura (MINAGRI) de Cuba con el propósito de “proteger al territorio nacional de la introducción y difusión de enfermedades de origen animal objeto de cuarentena”, según reza el comunicado oficial.


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Las nuevas regulaciones prohíben la importación de productos lácteos no pasteurizados. Tampoco se podrá importar cárnicos que no estén empacados al vacío o que provengan de fauna silvestre.

Al parecer estas nuevas regulaciones establecerán controles más rigurosos no solo para importadores y proveedores de diferentes países, sino también para los viajeros.

Además de estas medidas de control, el Centro Nacional de Sanidad Animal también anunció una serie de productos que podrán ser importados.

No obstante, el organismo gubernamental anunció que ese listado podría cambiar en función de las variaciones de las condiciones zoosanitarias.

En septiembre de 2022 el gobierno cubano autorizó a viajeros y personas naturales la importación de carnes frescas envasadas al vacío, entre otros productos alimenticios, ante la grave crisis económica que tiene sumido al país en una inflación galopante, con altos precios, escasez y salarios que se desvalorizan a diario.

Casi un año después, en agosto de 2023, el Ministerio de la Agricultura de Cuba amplió el espectro de productos alimenticios que podrán entrar a territorio nacional en los equipajes de viajeros y personas naturales.

El pasado 31 de diciembre el gobierno cubano anunció que prorrogará hasta el próximo 31 de marzo la importación sin carácter comercial, libre de aranceles, de alimentos, medicamentos y artículos de aseo, sin límites en su valor.

A continuación transcribimos el listado de productos de origen animal que están prohibidos y permitidos entrar al país.

Prohibiciones absolutas de importación:

1. Leche fluida y derivados lácteos en general NO PASTEURIZADOS.

2. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobrasada, pepperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos que no estén empacados al vacío.

3. Carnes frescas y sus cortes con hueso de cualquier origen.

4. Carnes de cualquier especie (excepto pollo) con hueso de cualquier origen, independientemente de haber recibido o no algún tipo de tratamiento para su mejor conservación.

5. Carnes procedentes de la fauna silvestre en cualquier forma de presentación.

6. Nuggets de pollo y otros empanados crudos (no fritos)

7. Alimentos para mascotas que en su base proteica contengan harinas de rumiantes, independientemente del país de origen.

Facilidades para la importación:

1. Conservas cárnicas (enlatadas) de bovinos y porcinos, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (Francia, España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Honduras, Nicaragua, Ecuador, Colombia, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)

2. Conservas cárnicas (enlatadas) de aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España,Francia, República Dominicana, Honduras, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil y Uruguay)

3. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobrasada, pepperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos, empacados al vacío de bovinos, porcinos, ovinos y caprinos, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (Francia, España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Ecuador, Colombia, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)

4. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; salamis; pastas untables; productos semicocidos, empacados al vacío de origen aviar, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (Francia, España, México, Honduras, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil y Uruguay)

5. Embutidos elaborados a base de res y/o cerdo. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Colombia, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)

6. Embutidos elaborados a base de aves. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (México, Honduras, Panamá, Costa Rica, Colombia, Nicaragua, Brasil y Uruguay)

7. Productos del mar (en conserva o no) originados de cualquier área geográfica.

8. Leche fluida UHT, condensada, evaporada, y postres lácteos originadas de cualquier área geográfica.

9. Leche en polvo originada de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)

10. Quesos maduros pasteurizados originarios de cualquier área geográfica o elaborados a partir de leches ultrapasteurizadas.

11. Alimentos para mascotas sin carácter comercial que en su formulación contengan carne de aves, cerdo, pescados y vegetales como base proteica (el viajero deberá consultar previamente a los correos debajo expuestos si es posible su entrada a partir del país de origen del producto).

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