Asamblea Nacional rechaza enmienda de Mariela Castro Espín sobre feminicidio

Castro Espín propuso que se configurara el delito de feminicidio en el artículo 345 del nuevo Código Penal cubano.

Diputada cubana Mariela Castro Espín © Irene Pérez / Cubadebate
Diputada cubana Mariela Castro Espín Foto © Irene Pérez / Cubadebate

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Este artículo es de hace 2 años

La Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) rechazó una enmienda de la diputada Mariela Castro Espín, que proponía incluir el término feminicidio en el nuevo Código Penal cubano, aprobado este fin de semana en sesión Extraordinaria, que no informó sobre la proporción de votos a favor y en contra de la propuesta.

Castro Espín, directora del Centro Nacional de Educación Sexual (CENESEX), señaló que en el capítulo dos del título XII del proyecto de ley, los hechos de violencia de género en que la mujer es asesinada no tipifican con el término femicidio o feminicidio y calificó su propuesta como una iniciativa superior para transversalizar el tema de la violencia de género, indicó la web estatal Cubadebate.


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La diputada recordó que 18 países de América Latina han reconocido los términos femicidio o feminicidio, tipificándolo como delito y citó una encuesta nacional sobre Igualdad de género, realizada en 2016 por la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI) que arrojó que el 26.7% de las mujeres cubanas sufrieron violencia a manos de sus parejas, durante un año previo a la aplicación del estudio.

Castro Espín propuso que se configurara el delito de feminicidio en el artículo 345 del nuevo Código Penal, para garantizar un adecuado registro y seguimiento de los casos de violencia de género, que sirven para diseñar programas estatales de atención a las víctimas y prevención.

El presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, rechazó la enmienda, argumentando que la ley busca mantener la tradición y la coherencia con respecto a las figuras delictivas y aseguró que, en el artículo 345 del nuevo Código Penal, está la descripción del delito de femicidio.

El artículo 344 establece pena de muerte, cadena perpetua, y privación de libertad de veinte a treinta años, a quien mate a otra persona, siempre que concurran varias circunstancias, entre ellas la de "cometer el delito por motivo de discriminación de género".

Artículo 345: 1. Incurre en las mismas sanciones previstas en el artículo anterior, aunque no concurra en el hecho alguna circunstancia de cualificación prevista en aquel, quien: a) De propósito, mate a un ascendiente o descendiente, o a la persona con la que mantiene o ha mantenido una relación conyugal o de pareja de hecho afectiva; b) dé muerte a una mujer como consecuencia de la violencia de género; c) se ejecute por odio contra la víctima por motivo de su origen étnico, color de la piel, religión, género, identidad de género u orientación sexual.

“No está la nomenclatura femicidio o feminicidio porque habría que establecer en el asesinato nomenclaturas distintas, como infanticidio, por ejemplo”, precisó Ferro.

Los tribunales han elaborado estrategias de género y un protocolo en el cual está prevista la captación de datos relativos a violencia contra mujeres y niños, violaciones, agresiones y asesinatos, detalló.

La diputada Mayda Goite, presidenta de la Sociedad Cubana de Ciencias Penales de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, intervino para asegurar que -siempre- se tuvo en cuenta que el Código Penal debía recoger el fenómeno de la violencia.

Reiteró que la ley penal tiene que tener una coherencia y que hay 36 modificaciones relacionadas con la violencia de género que tratan de cumplir todas las garantías y derechos de las mujeres que son transversales a todas las figuras delictivas, no solo al asesinato, subrayó Goite.

Teresa Amarelle, secretaria general de la Federación de Mujeres Cubanas y diputadas por Las Tunas, aseguró que este tema se ha discutido ampliamente en su organización y, aunque no está definido el término femicidio, no hay vacíos en el código en cuanto a la violencia de género.

Este código incrementa la sanción cuando se trata de las parejas de las mujeres e incorpora que, si no hay denuncia de la víctima, hay que proceder en la acusación a la persona que cometió el delito contra las mujeres”, enfatizó.

Mariela, hija de Vilma Espín Guillois y Raúl Castro Ruz, retomó la palabra para constatar que los crímenes contra las mujeres son problemas históricos dentro del patriarcado, aún no solucionados con el proceso revolucionario, que dura 63 años.

La diputada por La Habana insistió en la importancia de la visibilización del femicidio o feminicidio porque es un tema complejo y “no se va a solucionar en poco tiempo”, para lo que sugirió usar los términos adecuados en los códigos penales.

El presidente de la ANPP, Esteban Lazo Hernández, sometió a votación la propuesta de la diputada Mariela Castro Espín, y la mayoría coincidió en mantener la forma en que el Código Penal aborda este tema pero, al momento de redactar esta nota, no hay datos sobre votos a favor y en contra.

Un informe del Observatorio de Violencia de Género de la revista cubana Alas Tensas registró 36 feminicidios en 2021.

Una vez aprobado, el nuevo código penal entrará en vigor 90 días después de su publicación en la Gaceta Oficial de la República. y tras superar una revisión de una Comisión de Estilo, de la que no se conocen sus integrantes.

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Carlos Cabrera Pérez

Periodista de CiberCuba. Ha trabajado en Granma Internacional, Prensa Latina, Corresponsalías agencias IPS y EFE en La Habana. Director Tierras del Duero y Sierra Madrileña en España.


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