Archipiélago presenta Habeas Corpus para activista Daniela Rojo, en paradero desconocido hace cinco días

Dirigido al Tribunal Provincial Popular de La Habana, el texto dice ampararse en el Artículo 96 de la Constitución de la República de Cuba.

Habeas Corpus para Daniela Rojo © Facebook / Archipiélago / Daniela Rojo
Habeas Corpus para Daniela Rojo Foto © Facebook / Archipiélago / Daniela Rojo

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La plataforma Archipiélago presentó este miércoles un recurso de Habeas Corpus para la activista Daniela Rojo, promotora de la Marcha Cívica por el Cambio del 15N, quien se encuentra en paradero desconocido desde el pasado 12 de noviembre.

En su páginas de Facebook, Archipiélago explicó que había presentado el documento de conjunto con el grupo Justicia 11J, que se ocupa de reclamar y denunciar detenciones por motivos políticos en el país, luego de los sucesos del 11 de julio.


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Dirigido al Tribunal Provincial Popular de La Habana, el texto dice ampararse en el Artículo 96 de la Constitución de la República de Cuba.

“Quien estuviere privado de libertad ilegalmente tiene derecho, por sí o a través de tercero, a establecer ante tribunal competente procedimiento de Habeas Corpus, conforme a las exigencias establecidas en la ley”, reza dicho artículo.

De igual modo, asevera que hasta el momento se desconoce el paradero de la joven, “pues la policía niega el lugar de su detención y tampoco ella se ha comunicado directamente con sus familiares y personas allegadas”.

Según explica, también se ignora su estado de salud física y mental, al tiempo que “su integridad personal corre peligro al no contar con seguridad jurídica alguna”.

“No aparece registrada como detenida en ningún acta de detención de las unidades de la policía a las que se ha llamado para conocer su paradero”, denuncia.

El texto subraya que una “desaparición forzada” constituye un crimen de lesa humanidad de acuerdo con lo estipulado por el derecho internacional. “Es menester recordar a este Tribunal que el Estado cubano es parte en la Convención Internacional contra las Desapariciones Forzadas desde el 2 de febrero de 2009”, expone el documento.

Dicho tratado define como desaparición forzada “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”.

Otro aspecto que resalta el documento es que la activista es, además, madre de dos niños pequeños, quienes también “son víctimas del Estado al privarlos de la presencia de su madre”, que no es autora de “delito alguno” y no existe ninguna “denuncia en su contra, ni orden de arresto”.

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