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El proyecto de Constitución de Cuba blinda el cargo de primer ministro: no es para la UJC

La persona elegida deberá tener un mínimo de 35 años, ser diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular, ser cubano de nacimiento y no tener otra ciudadanía y contar con el apoyo de la mayoría absoluta del Parlamento.

Cuba ha publicado 600.000 ejemplares del proyecto de Constitución © ACN
Cuba ha publicado 600.000 ejemplares del proyecto de Constitución Foto © ACN

Este artículo es de hace 5 años

El relevo generacional sigue siendo un problema en el sistema cubano. La reforma parcial de la Constitución introduce el cargo de primer ministro, pero blinda la figura en clave interna: no es para militantes de la Unión de Jóvenes Comunistas. También lo hace en clave externa: no es para extranjeros ni para cubanos que hayan residido o residan fuera de la Isla, incluso no es para hijos y nietos de españoles nacidos y residentes en Cuba, acogidos a la Ley de Memoria Histórica de España.

Para ser primer ministro cubano (cargo que desempeña, por ejemplo, Justin Trudeau, en Canadá) hay que tener una edad mínima de 35 años. Si tenemos en cuenta que en la UJC se milita hasta los 30, salvo excepciones, podemos concluir que el cargo no está pensado para la cantera, que en el Artículo 6 del proyecto de modificación de la Constitución, ya perdió la función de formar dirigentes.

El primer ministro de la Isla deberá ser cubano de nacimiento y no podrá ostentar ninguna otra ciudadanía. Además tiene que ser diputado de la Asamblea Nacional del Poder Popular, lo que significa que será elegido entre los 605 parlamentarios ratificados el 11 de marzo de este año.

La propuesta de su nombramiento correrá a cargo del presidente Miguel Díaz-Canel, pero para salir elegido necesitará el apoyo de la mayoría absoluta del Parlamento cubano. Sólo así podrá ser nombrado jefe del Gobierno de la República. Su destitución, revocación o suspensión entra entre las funciones de Díaz-Canel (Artículo 123).

Una vez en el puesto, el primer ministro tendrá como jefes a Esteban Lazo, presidente de la Asamblea Nacional, y a Díaz-Canel durante los 5 años que durará su mandato. Raúl Castro será también su jefe, pero hasta 2021. A los 90 años el exmandatario deberá replantearse si continúa como primer secretario del Partido Comunista, "fuerza dirigente y superior del Estado", o cede el testigo.

Según el Artículo 139, el primer ministro será el encargado de representar al Gobierno de Cuba y de convocar y dirigir el Consejo de Ministros, que heredará de Miguel Díaz-Canel, aunque podrá sustituir a alguno de los titulares de los 25 ministerios existentes actualmente, siempre que el presidente cubano le dé el visto bueno.

Dependerán de él los gobernadores provinciales y podrá designar y sustituir a directivos y funcionarios. Asimismo podrá tomar decisiones unilaterales, excepcionalmente, y consultar a posteriori al Consejo de Ministros o al Comité Ejecutivo (al que pertenecen el primer ministro, viceprimeros ministros, el secretario y los miembros del Consejo de Ministros que decida Díaz-Canel, según el Artículo 130).

También firmará leyes y tiene potestad para crear comisiones y grupos de trabajo.

La reforma parcial de la Constitución cubana fija las funciones y forma de elección del primer ministro en los artículos que van del 135 al 139.

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Tania Costa

(La Habana, 1973) vive en España. Ha dirigido el periódico español El Faro de Melilla y FaroTV Melilla. Fue jefa de la edición murciana de 20 minutos y asesora de Comunicación de la Vicepresidencia del Gobierno de Murcia (España)


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