Tribunal Supremo español confirma condena a más de 4 años de cárcel a un cubano por agresión sexual a una conocida

El acusado, R.P.A., se introdujo en la vivienda, preguntó a la mujer, a la que conocía de vista, si estaba sola y comenzó a tocarla y a besarle en la cara.

Tribunal Supremo © Wikimedia/ J.L. de Diego
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Alicante, 3 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años y medio de prisión impuesta a un hombre, de nacionalidad cubana y sin de permiso de residencia legal en el país, que se coló en casa de una conocida en Aspe (Alicante) e intentó forzarla a que le hiciera una felación, según un auto al que ha tenido acceso Efe.

La sección primera de la Sala de lo Penal del alto tribunal ha inadmitido el recurso de casación presentado por el condenado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) que ratificaba otra anterior de la Audiencia de Alicante.


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Los hechos ocurrieron sobre las 10.00 horas del 27 de junio de 2016, cuando la víctima abrió el portal de su edificio y la puerta de su casa después de que llamaran por el interfono pensando que se trataba de su hermana.

El acusado, R.P.A., se introdujo en la vivienda, preguntó a la mujer, a la que conocía de vista, si estaba sola y comenzó a tocarla y a besarle en la cara.

La víctima, que estaba acompañada de su hijo de dos años, le pidió que se marchara, pero el hombre la zarandeó, abofeteó e intentó llevarla hasta el dormitorio.

A continuación, le dio un puñetazo y la tiró al suelo, y continuó golpeándola hasta que la puso de rodillas para exigirle que le hiciera una felación.

La víctima le pidió que le dejara antes poner una película de dibujos al niño para entretenerlo, excusa que aprovechó para huir y pedir auxilio a sus vecinos, lo que provocó la fuga del asaltante.

La sección décima de la Audiencia de Alicante condenó en julio del pasado año a R.P.A. a cuatro años y medio de prisión y a cinco de libertad vigilada, así como a indemnizar a la agredida con 6.320 euros.

El tribunal acordó que se ejecutara dos tercios de esa condena y se sustituyera el tercio restante por la expulsión de España del condenado.

El Supremo ha rechazado ahora admitir a trámite el recurso de casación del condenado tras dictaminar que la pena es proporcional al delito cometido y no cabe rebajarla por dilaciones en la tramitación de la causa ni por su supuesta colaboración con la investigación.

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