El nombre del fallecido expresidente de Cuba, Fidel Castro, no se podrá utilizar en la isla “para denominar instituciones, plazas, parques, avenidas, calles y otros lugares públicos, así como cualquier tipo de condecoración, reconocimiento o título honorífico”, de acuerdo a una ley aprobada este martes por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Según reportó el diario oficial Cubadebate, también quedará prohibida la utilización de su figura “para erigir monumentos, bustos, estatuas, tarjas conmemorativas y otras formas similares de homenaje”.
La ley limita además el uso de denominaciones, imágenes o alusiones de cualquier naturaleza referida a la figura de Fidel Castro para su utilización como marca u otros signos distintivos, nombre de dominio y diseños con fines comerciales o publicitarios, destacó Cubadebate.
Sin embargo, la publicación denota que no se impondrán limitaciones al uso de su iconografía e imágenes acumuladas en actos públicos (entiéndase marchas, matutinos, actos políticos, etc), y se mantendrán como hasta hoy sus fotos en centros de trabajo o de estudio, unidades militares e instituciones.
El proyecto de Ley fue presentado ayer ante el Consejo de Estado y responde, según la comisión que elaboró el mismo, a la última voluntad del líder de la Revolución cubana.
El documento integro, puede ser descargado en el siguiente enlace
con información de Cubadebate
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