España reinicia trámites de visas Schengen en Cuba

"Podrán mostrar un certificado de vacunación, de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo en los controles de entrada al país", precisa el consulado.

Banderas de España y la Unión Europea en el Consulado de La Habana © CiberCuba
Banderas de España y la Unión Europea en el Consulado de La Habana Foto © CiberCuba

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Este artículo es de hace 2 años

El Consulado de España en La Habana dio a conocer los nuevos requisitos que deberán cumplir los cubanos interesados en tramitar un visado Schengen para viajar a España de turismo, por carta de invitación, en visita familiar o como tránsitos aeroportuarios; entre otros motivos.

"Podrán mostrar un certificado de vacunación, de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo en los controles de entrada al país, equiparándose a los turistas de países extracomunitarios las mismas condiciones exigidas a los ciudadanos de la Unión Europea y países asociados Schengen", precisa el consulado en su página web.


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En su cuenta de Twitter, la oficina informó que a partir de ahora, los requisitos sanitarios necesarios para entrar a España serán requeridos en frontera y no al momento de solicitar la visa en Cuba.

"Los requisitos documentales propios de todo expediente de visado se mantienen tal y como constan en nuestra web", precisa el tuit.

Desde el sábado 21 de mayo pasado, el Ministerio del Interior de España modificó los requisitos sanitarios de entrada a su territorio que deben cumplir los viajeros procedentes de países extracomunitarios.

Tras la modificación en la política del gobierno español, los solicitantes de visas para visitas familiares, cartas de invitación, viajes comerciales, culturales, deportivos y turísticos, así como tránsitos aeroportuarios, ya no requieren de autorización CEFRONT.

"Su tramitación es libre y queda sujeta a la preceptiva reserva de cita por Bookitit", el sistema de reservas y cita previa online, puntualizó el consulado en otro tuit.

La sede diplomática detalló que las citas para visado Schengen corta estancia o tránsito aeroportuario se abren cada día, y que el único día de la semana reservado para ello serán los jueves.

"Existe una alta demanda. Recuerde que nuestra capacidad es limitada", acotó.

En la información se precisa que aquellas solicitudes de visado que quedaron pendientes antes del cierre por la pandemia y cuyos pasaportes se encuentran en la sede del consulado, serán resueltas de manera inmediata. Recibirán un correo explicativo, aunque también pueden ir personalmente, sin cita.

"Aquellas personas cuyos visados fueron concedidos y entregados, pero que no pudieron utilizarse por motivo del cierre por pandemia, deberán iniciar nuevo trámite con la correspondiente reserva de cita", agregó.

Por último, la oficina consular recordó que todos los viajeros deben completar antes de viajar, con un máximo 48 horas antes y con número de asiento, el formulario sanitario en la dirección web: https://spth.gob.es. Se exceptúan quienes tengan certificado de vacunación de la Unión Europea.

España admitirá a las personas con la pauta completa de vacunación contra el COVID-19 de las vacunas autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o la Organización Mundial de la Salud. También se admiten certificados con vacunas no autorizadas por estos organismos, pero la última dosis administrada debe ser de una de las vacunas autorizadas.

El pasado 20 de mayo, el ministro del Interior dictó la Orden 452 de 2022, que modificó una Orden de julio de 2020 sobre la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países Schengen por la pandemia.

La nueva norma, publicada en el BOE, establece que le podrá denegar la entrada al país a toda persona nacional de un tercer país, salvo que pertenezca a la siguiente categoría:

"Personas provistas de un certificado de vacunación contra el COVID-19 o un certificado de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo de dicha enfermedad, que el Ministerio de Sanidad reconozca con estos fines, previa comprobación por las autoridades sanitarias. Personas menores de 12 años", establece el nuevo inciso.

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