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Cuba condiciona eliminación de pena de muerte a relaciones con EE.UU.

La posición de Cuba fue cuestionada por Claude Heller, presidente del Comité contra la Tortura de la ONU y Co-Relator para Cuba, quien afirmó que aunque la pena de muerte no se usa desde 2003, el gobierno cubano había indicado que no estaba listo para eliminarla del Código Penal.

Lancha de Regla en La Habana © CiberCuba
Lancha de Regla en La Habana Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 1 año

El gobierno cubano condicionó la eliminación de pena de muerte a las relaciones con Estados Unidos, país al que acusó de mantener una "política de hostilidad" hacia la isla.

Al presentar sus resultados este viernes ante la Convención contra la Tortura en Ginebra, Suiza, la delegación de La Habana dijo que "la decisión tendría que estar vinculada al cese de la política de hostilidad y agresión practicada contra Cuba por el Gobierno de Estados Unidos, a fin de que Cuba pueda avanzar en su desarrollo económico, político y social, con plenas garantías de respeto por su soberanía".

La reunión forma parte de la 73 Sesión del Comité contra la Tortura, que sesionará del 19 de abril al 13 de mayo próximo. Cuba presentó su informé periódico los días 21 y 29 de abril ante ese organismo de Naciones Unidos, que el pasado año le reclamó al Gobierno de La Habana por la detención arbitraria y la desaparición forzosa del rapero Maykel Osorbo.

La postura de Cuba fue cuestionada por Claude Heller, presidente del Comité contra la Tortura de la ONU y corelator para Cuba, quien afirmó que aunque la pena de muerte no se usaba desde 2003 –cuando fueron sancionados con ella tres jóvenes que intentaron secuestrar la lancha de Regla para salir del país–, el gobierno cubano había indicado que no estaba listo para eliminarla del Código Penal.

Recordó que el Comité tenía una posición clara sobre la pena de muerte, y consideraba que era una de las violaciones más graves de los derechos humanos, que socavaba la dignidad humana.

"¿Cuba estaría dispuesta a convertir la moratoria de facto de la pena de muerte en una decisión permanente por razones éticas?", preguntó Heller.

Asimismo, comentó que la organización tenía varias interrogantes sobre los incidentes tras el 11 de julio de 2021, "que incluyeron protestas callejeras relacionadas con la pandemia, la falta de alimentos, el bajo nivel de vida, así como el duro embargo con sanciones drásticas contra Cuba".

Heller afirmó que hubo informes de violencia con negocios saqueados y vehículos de transporte volcados y destruidos, pero también de que la policía "llevó a cabo detenciones con uso excesivo de la fuerza a personas desarmadas que protestaban pacíficamente, con severas sentencias dictadas por los tribunales".

"¿Exactamente cuántas personas fueron detenidas tras las protestas del 11 de julio y cuántas fueron puestas en libertad? ¿Se podría proporcionar información sobre el número total de personas detenidas y cómo se diferenciaron de las que fueron detenidas y acusadas de sedición?", interrogó.

La delegación cubana estuvo presidida por el embajador Rodolfo Benítez Verson, Director General de Asuntos Multilaterales y Derecho Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX); María Caridad Pérez Rodríguez, fiscal jefa de la Dirección de Control de la Legalidad en los Establecimientos Penitenciarios de la Fiscalía General de la República; Paula Joaquina Rodríguez Sánchez, magistrada del Tribunal Supremo Popular;Víctor Álvarez Valle, coronel del Ministerio del Interior. así como funcionarios de la misión de Cuba en Ginebra.

Si bien la Convención de Ginebra celebró que Cuba se encuentra modificando su actual Código Penal, este anteproyecto mantiene la pena de muerte tal y como indica el Código aún vigente: por fusilamiento y con carácter excepcional solo en los casos más graves de los delitos para los cuales se establece [Artículo 33.1].

No obstante, las circunstancias personales prohibitivas se modifican así:

El Código Penal vigente ordena que no puede imponerse a menores de 20 años ni a mujeres que cometan el delito estando encinta o que lo estén al momento de dictarse la sentencia [Art. 29.2]

El anteproyecto dispone que no puede imponerse a menores de 25 años ni a mujeres en estado de gestación al dictarse la sentencia o que cometieron el delito embarazadas o dentro de las 72 horas posteriores al parto [Art. 33.2].

El documento aglutina las penas de muerte en los títulos Delitos contra la Seguridad del Estado y Terrorismo. Fuera de ellos, pueden imponerse en los supuestos de asesinato [Art. 344-45] y de las modalidades más graves [Art. 235.3] de delitos relacionados con drogas ilícitas o sustancias de efectos similares, que corren desde perpetrarse por funcionarios o empleados públicos hasta cometerse en instituciones educativas, deportivas, establecimientos penitenciarios y otros lugares relevantes.

En relación con las críticas presentadas sobre la violencia desatada por el régimen cubano durante las manifestaciones del 11 de lulio de 2021, el embajador Benítez Verson dijo que los disturbios habían sido "groseramente manipulados por los medios de comunicación" y culpó a Washington por las protestas masivas ocurridas en más de 60 ciudades y pueblos de la isla.

"El gobierno de Estados Unidos pretendía derrocar la revolución cubana mediante una intensa campaña político-comunicativa. En ningún lugar del mundo esos disturbios podrían calificarse de manifestaciones pacíficas", declaró el jefe de la delegación cubana, que defendió que los juicios de los implicados se habían llevado a cabo "con observancia de las debidas garantías procesales y el respeto de los derechos constitucionales".

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