Tribunal cubano ordena cumplir cuatro años y 14 días en prisión a líder opositor José Daniel Ferrer

La Sala Tercera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba dispuso que el opositor cubano cumpla en un establecimiento penitenciario el resto de la sanción impuesta el pasado año por supuestamente haber incumplido los requisitos de limitación de libertad.

José Daniel Ferrer García Foto © Facebook del opositor

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Este artículo es de hace 3 años

El opositor José Daniel Ferrer García, líder de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU), tendrá que cumplir en prisión los cuatro años y 14 días que restan de una sanción previa de 2020 por supuestamente haber incumplido los requisitos de limitación de libertad, según un dictamen judicial divulgado este lunes.

A solicitud del Juez de Control, Atención e Influencia del Tribunal Municipal de Santiago de Cuba, la Sala Tercera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular (TPP) revocó el jueves pasado la sanción de limitación de libertad que le había sido impuesta a Ferrer García como sustitutoria de la condena de privación de libertad por supuestas "lesiones y otros delitos", indica el documento.


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La condena impuesta en juicio oral el 26 de febrero de 2020 fue de cuatro años y seis meses de prisión, pero luego le fue conmutada por limitación de libertad.

Todo indica que la revocación de la medida se deriva de la participación de Ferrer García, junto con su hijo, en las protestas masivas del pasado 11 de julio, cuando miles de cubanos salieron a las calles en más de 60 ciudades y territorios de todo el país. Más de 800 personas se registraron como detenidas, aunque los estimados indican que la cifra sobrepasó los mil arrestos.

Esta revocación no afectará el encausamiento del líder opositor cubano por desórdenes públicos, tras salir a manifestarse el 11J.

El auto de revocación señala que el opositor deberá cumplir el resto de la sanción en el establecimiento penitenciario que determine el Ministerio del Interior (MININT). La decisión puede ser apelada en los tres días siguientes a su notificación, que fue entregada este lunes a su esposa, Nelva Ismarays Ortega Tamayo.

La sala consideró que Ferrer García no se encontraba incorporado al trabajo, mantuvo "una actitud contraria a los requisitos" que debía cumplir, asumió en varias oportunidades "comportamientos incorrectos y desafiantes a la autoridad", y además, está siendo procesado en el expediente de fase preparatoria 128-2021 radicado en el órgano de instrucción de Santiago de Cuba, por el delito de desórdenes públicos y con medida cautelar de prisión provisional.

Al tener en cuenta este procesamiento para revocar la limitación de libertad de Ferrer García, la sala viola una garantía del debido proceso que la Constitución establece para toda persona: “que se le presuma inocente hasta tanto se dicte sentencia firme en su contra”, según con la propia legislación penal cubana.

De acuerdo el Código Penal los términos para conceder la limitación de libertad son "no cambiar de residencia sin autorización del tribunal; no ser elegible para ascensos ni aumentos de salario; comparecer ante el tribunal cuantas veces sea llamado a ofrecer explicaciones sobre su conducta, y observar una actitud honesta hacia el trabajo, de estricto cumplimiento de las leyes y de respeto a las normas de convivencia socialista".

Auto de revocación de la sanción a José Daniel Ferrer. Foto: Facebook José Daniel Ferrer

La Sala Tercera de lo Penal del TPP no precisó qué leyes incumplió ni cuáles normas no respetó Ferrer García. Los jueces actuantes —Yoanis Chávez, Angélica Maurelo, Rudelis Ramos, Alexander Duvalón y Juan Carlos Stable— se limitaron a alegar que "ha sido objeto de varias detenciones por la Policía Nacional Revolucionaria ante el comportamiento inadecuado del sancionado en la vía pública y contra esta autoridad".

Auto de revocación de la sanción a José Daniel Ferrer. Foto: Facebook José Daniel Ferrer

El incumplimiento del requisito legal de “observar una actitud honesta hacia el trabajo” dista mucho de probarse con la simple alegación de “no encontrarse incorporado al trabajo”, ya que cabe la excusa de que nadie da empleo a Ferrer García ni él cuenta con opción viable de trabajar por cuenta propia.

El juez municipal tampoco probó que Ferrer García haya incurrido en alguna de las causas de revocación de la limitación de libertad que estipula el Artículo 34.6 del Código Penal, como negarse a cumplir las obligaciones de esta medida, incumplir u obstaculizar el cumplimiento de tales obligaciones o haber sido sancionado a privación de libertad por otro delito.

La familia del líder opositor denunció la decisión judicial y pidió solidaridad a las instituciones y gobiernos democráticos del mundo para buscar justicia para Ferrer García y una salida a la crisis cubana.

"Continuamos sin noticias reales del lugar donde tienen a José Daniel y las condiciones, razón por la que nos encontramos extremadamente preocupados", escribió Ana Belkis Ferrer García, hermana del prisionero. "Hoy puede estar cumpliendo 36 días en huelga de hambre, en condiciones crueles, inhumanas y degradantes, bajo torturas y golpizas como durante aquellos largos y duros seis meses".

Responsabilzamos a Raúl Castro, Díaz Canel y a todos los sicarios involucrados en tan cobardes y siniestras acciones, por las valiosas y preciadas vidas de todos los Desaparecidos, detenidos y presos políticos y pedimos solidaridad a todas las personas, instituciones y gobiernos democráticos para evitar otros desenlaces fatales en nuestra amada y sufrida tierra.

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