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Los cubanos que se han repatriado a la isla tras obtener la residencia legal permanente (LPR) en Estados Unidos pudieran enfrentar serias dificultades si luego planean solicitar su naturalización, según una reciente normativa federal.
El Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS) emitió la pasada semana una regulación aclaratoria con los posibles efectos en la elegibilidad para la naturalización de los residentes legales que interrumpen su permanencia continua en el país.
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Después de su admisión como LPR, un solicitante de ciudadanía estadounidense debe haber residido continuamente en Estados Unidos durante al menos cinco años. Según la legislación vigente, "una ausencia por más de seis meses pero menos de un año durante ese período de cinco años puede desencadenar la presunción de una ruptura en la continuidad de la residencia".
Los aclaración de los requisitos del Manual de Procedimiento que aplica USCIS para conceder la ciudadanía estadounidense fue publicada el pasado 26 de febrero, y envía una alerta a los residentes legales que se ausentan del territorio estadounidense por largos períodos de tiempo antes de buscar el beneficio de la naturalización. Se trata de un nuevo instrumento de control como parte del endurecimiento de la política migratoria de la administración de Donald Trump.
La noticia impacta la situación de numerosos inmigrantes que se convirtieron en residentes legales y por motivos familiares u opciones laborales se marchan al exterior durante etapas prolongadas, pero apunta particularmente a miles de cubanos que han solicitado su repatriación y mantienen la residencia activa mediante viajes regulares a Estados Unidos.
"Es algo que deben tener claro los cubanos que están repatriándose y aspiran a naturalizarse en los próximos años: mientras menos nexos puedas demostrar con Estados Unidos más difícil les va a ser obtener la ciudadanía", dijo a CiberCuba el abogado Willy Allen, experto en asuntos de inmigración.
El fenómeno se ha hecho común en un amplio sector de la inmigración cubana luego de la entrada en vigor de la reforma migratoria, implementada por Raúl Castro en 2013. Desde esa fecha el gobierno cubano permitió a sus nacionales permanecer en el exterior por 24 meses ininterrumpidos sin perder su condición de residentes de la isla.
Un total de 36.471 cubanos residentes en Estados Unidos han solicitado repatriarse desde entonces, según cifras del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (MINREX). Algunos de los repatriados son beneficiarios de la Seguridad Social y optan por mantener la LPR para no perder el ingreso mensual que les permite su solvencia económica en la isla.
Extraoficialmente han trascendido versiones sobre una posible ampliación del plazo de estancia continua en el exterior para los nacionales cubanos, lo cual podría anunciarse durante la celebración en La Habana de la IV Conferencia “La Nación y la Emigración”, convocada por el MINREX del 8 al 10 de abril próximo.
Según cifras del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) obtenidas por CiberCuba, unos 800.000 inmigrantes cubanos han obtenido residencia legal en Estados Unidos durante los últimos 20 años, y más de 405.000 consiguieron naturalizarse en el mismo período (2000-2019).
Bajo la legislación estadounidense, los residentes legales no pueden recibir pagos de seguridad social por los meses que están en Cuba. Tampoco pueden recibir ayuda suplementaria o SSI si se ausenta de Estados Unidos por más de 30 días consecutivos.
El reciente documento de USCIS constituye una guía para abordar las ausencias por más de seis meses y menos de un año de los solicitantes de naturalización en Estados Unidos durante el período de residencia continua exigido por la ley.
La aclaración de USCIS especifica que:
- Los solicitantes de ciudadanía que han estado ausentes del territorio estadounidense durante el período reglamentario deben superar la presunción de que la continuidad de residencia se ha roto para poder seguir teniendo derecho a naturalizarse.
- Si USCIS determina que se ha roto la continuidad de la residencia, el solicitante debe establecer un nuevo período de residencia continua; la duración requerida de ese período depende de las bases para naturalizarse.
"La decisión sobre si una ausencia de meses puede considerarse ruptura de la continuidad en la residencia va a estar totalmente en las manos de un oficial de inmigración", comentó Allen. "Y entonces ese año es considerado perdido a los efectos de la naturalización".
Las autoridades federales podrían considerar que el viajero no tiene su residencia afincada en Estados Unidos y podrían proceder incluso a retirarle el beneficio. Si las entradas al país del residente legal son espaciadas y por poco tiempo, un agente de Departamento de Inmigración y Control de Fronteras (CBP) podría cuestionarlo y emitir una notificación de comparecencia ante un juez para decidir su caso.
La normativa reemplaza cualquier guía previa del USCIS en su Manual de Procedimiento y refuerza los criterios que aplican los funcionarios de inmigración para adjudicar la naturalización.
A los efectos de USCIS, la tarjeta de residente permanente (green card) es válida para ser readmitido en Estados Unidos si el portador no ha permanecido en el extranjero por más de un año, o de lo contrario necesitaría obtener un permiso de reingreso en el país.
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