Aduana de Cuba registra 384 violaciones sobre entrada y salida de divisas

Las leyes de Cuba prohíben sacar de la isla dicha moneda en cualquier denominación -billetes o monedas, y además el CUC carece de valor en los mercados de divisas.

Aduana en Cuba © aduana.co.cu
Aduana en Cuba Foto © aduana.co.cu

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La Habana, 3 dic (EFE).- Entre enero y agosto de este año, la Aduana General de la República Cuba (AGRC) registró 384 violaciones a sus normativas sobre exportación e importación de moneda libremente convertible. Esto suma, según informan hoy medios de la isla, 292 casos más que en el mismo periodo de 2016.

Las infracciones principales están relacionadas con la exportación del peso cubano convertible (CUC) en efectivo con destino fundamentalmente a Estados Unidos, México, Panamá y Rusia, explicó el oficial superior de la Aduana, Argelio Zaldívar, citado por el periódico oficial Juventud Rebelde.


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Las leyes de Cuba prohíben sacar de la isla dicha moneda en cualquier denominación -billetes o monedas, y además el CUC carece de valor en los mercados de divisas.

En la isla caribeña circulan dos monedas: el peso cubano (CUP) y el peso convertible (CUC, equivalente al dólar), con un cambio en el que 1 CUC equivale a 25 pesos en la moneda nacional.

El funcionario precisó que por lo general las violaciones ocurren a la salida de la isla, por vía aérea, y son los cubanos quienes incurren con mayor frecuencia en este tipo de infracción.

Detalló que entre los primeros ocho meses de 2017 fue decomisado dinero en efectivo por valor de 165.816 CUC; 61.660 CUP; 875 euros; 15.150 rublos rusos; 73.822 dólares estadounidenses, así como 386 crucifijos, monedas y barras plateadas.

Zaldívar indicó asimismo que las personas naturales que arriban o salen de Cuba y portan más de 5.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras monedas libremente convertibles (MLC) están obligadas a declararlo a la autoridad aduanera, pues es esa la cantidad máxima establecida por las normas del país caribeño.

No obstante, aclaró que el viajero puede exportar una cantidad superior si lo declaró a la autoridad aduanera al ingresar al país, informando de que parte de esa cantidad la extraerá del país, y también si presenta una autorización del presidente del Banco Central de Cuba que acredite su adquisición por vías legales.

En el caso de los pesos cubanos (CUP, moneda nacional de curso legal) se pueden exportar e importar sumas que no superen los 2.000 pesos, en efectivo y en cualquier denominación, a la llegada o salida de Cuba.

Otra oficial de la Aduana General cubana, Tisbet Quesada, destacó también los decomisos de joyas y metales preciosos producidos hasta septiembre.

En ese sentido recordó que está prohibida la exportación de metales y piedras preciosos por parte de cubanos y residentes permanentes que emigren definitivamente del país.

Las joyas y artículos de orfebrería confeccionados con metales y piedras preciosas que deseen importarse o exportarse deben someterse a las regulaciones vigentes sobre Patrimonio Cultural, agregó.

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