Unos 2355 cubanos con nacionalidad española emigraron a España en 2016

La cifra representa una disminución en la tendencia migratoria de 341 isleños en relación al mismo periodo del año 2015.

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Este artículo es de hace 7 años

Un total de 2355 cubanos con nacionalidad española emigraron a España durante el pasado año 2016, revelaron datos oficiales divulgados en junio por el Instituto Nacional de Estadísticas de ese país europeo (INE).

La cifra representa una disminución en la tendencia migratoria de 341 isleños en relación al mismo periodo del año 2015, cuando se registró la entrada a la nación europea con fines migratorios de unos 2696 cubanos con nacionalidad española.


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Según contextualiza el documento del INE, un total de 62.572 personas con nacionalidad española procedentes del extranjero establecieron su residencia en ese país durante 2016. Más de la mitad (35.348) nacieron fuera de España.

Infografía tendencia migratoria/ INE

La población con nacionalidad española que llegó durante 2016 procedía, principalmente, de Venezuela, Ecuador y Reino Unido. En 13 de los 15 principales países de origen de la inmigración de españoles, los flujos de inmigración aumentaron respecto al año anterior. Sólo se redujeron en Cuba y Francia, destaca la publicación.

Las principales nacionalidades de los inmigrantes extranjeros fueron la marroquí (con 29.986 llegadas a España durante 2016), la rumana (con 28.859) y la colombiana (con 22.850).

De las 15 nacionalidades con mayor flujo inmigratorio, destacan los incrementos relativos en número de llegadas a España de la colombiana (un 143,9% más que durante 2015), la venezolana (un 75,3% más) y la paraguaya (un 54,9% más).

A finales de diciembre, el Grupo Parlamentario español "Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea" registró una propuesta de Ley que podría ampliar el número de beneficiarios con la nacionalidad europea por la Ley de la Memoria Histórica o la Ley de Nietos, como se le conoce en Cuba.

Dicha propuesta, aun sin aprobar, contempla la entrega de la nacionalidad española a los siguientes casos:

1. Los nietos de aquellas españolas de origen, nacidas en España y casadas con un no español antes de la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978, debido a que aquellas no transmitían la nacionalidad con anterioridad a la Carta Magna y perdían su nacionalidad al contraer matrimonio con un no español, salvo en el caso de las madres solteras o emigradas por cuestiones políticas.

2. Los hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen mediante la Ley 52/2007, generándose divisiones en el seno de las familias ya que unos hijos sí la poseen y otros no, debido a que únicamente se beneficiaron los hijos menores de edad.

3. Los nietos de español/a nacionalizado/a al país de acogida por cuestiones económicas antes del nacimiento de su hijo/a, y los nietos de español/a que habiendo ostentando la nacionalidad, la han perdido por no ratificar su deseo de conservarla al cumplir su mayoría de edad.

De momento, se desconoce la fecha en que el Congreso de los Diputados discutirá esta propuesta de ley para ver si alcanza la mayoría suficiente para su aprobación.

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