¿Es posible renunciar a la ciudadanía cubana?

El proyecto de Ley de Migración menciona la renuncia a la ciudadanía cubana, pero se necesita una Ley de Ciudadanía específica para regular el proceso. Mira los detalles.


La posibilidad de renunciar a la ciudadanía cubana ha vuelto a ser tema de debate en las redes sociales tras conocerse el proyecto de Ley de Migración que presentó el gobierno esta semana.

Este proyecto se publica en un contexto marcado por la dispersión y complejidad de la legislación cubana. Ha generado numerosas interrogantes sobre los derechos de los cubanos en el extranjero y la normativa que los regula.


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El Teniente Coronel Roilán Hernández, Jefe del Departamento de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, dijo este jueves en la Televisión Nacional que la renuncia a la ciudadanía cubana no solo está relacionada con la futura Ley de Ciudadanía, sino con un artículo de la Constitución de 2019.

"Está relacionado con el artículo 36 de la Constitución de la República que describe el principio de la ciudadanía efectiva. El principio establece que los cubanos no pierden la ciudadanía cubana por tener otra. No se va a tomar ninguna medida en el país en relación con eso", expresó el Teniente Coronel.

Advirtió que esto también obliga a los cubanos a actuar como los nacionales mientras estén en el país, es decir, no pueden ejercer otra ciudadanía encontrándose en el territorio cubano.

"A partir de esta norma, debe entenderse que un cubano cuando llega a Cuba debe identificarse con su pasaporte nacional, su pasaporte cubano, no con el de otra ciudadanía", insistió el funcionario.

Legalis Cuba, plataforma gestionada por juristas en el medio independiente ElToque, señaló que si bien el proyecto de Ley de Migración menciona la posibilidad de renuncia a la ciudadanía cubana, esta no estaría disponible inmediatamente después de la aprobación de la Ley.

La Constitución de 2019, en su artículo 38, establece que una ley debe definir el procedimiento para la renuncia y pérdida de la ciudadanía, pero dicha ley no ha sido emitida.

El proyecto de Ley de Migración, de ser aprobado, establecería que los cubanos que renuncien a su ciudadanía serían considerados extranjeros.

Estos individuos, a los efectos de entrada y salida del país, estarían sujetos a la presentación del pasaporte extranjero. Sin embargo, la Ley de Migración no es suficiente para regular este proceso; se requiere una Ley de Ciudadanía que establezca claramente los procedimientos para la renuncia a la ciudadanía cubana.

Desde 1976, cuando se incluyó en la Constitución el derecho a renunciar a la ciudadanía, no se ha implementado ninguna norma jurídica que permita a los cubanos ejercer ese derecho. El proyecto de la nueva Ley de Migración menciona esta posibilidad pero no proporciona un marco legal completo para llevarla a cabo.

Expertos legales como Eloy Viera Cañide, coordinador de ElToque Jurídico, quien fue entrevistado por el periodista Mario Pentón, advierten que las autoridades cubanas han asegurado trabajar en una Ley de Ciudadanía, pero esta normativa ha sido dilatada repetidamente.

La falta de una ley clara y definida permite al régimen utilizar la desregulación como un mecanismo para imponer obligaciones a los ciudadanos sin garantizar derechos plenos. Un ejemplo es la obligación de entrar y salir de Cuba con un pasaporte cubano, incluso para aquellos que poseen doble nacionalidad.

El Cronograma Legislativo aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) para 2024 prevé la aprobación de la Ley de Ciudadanía junto con otras leyes importantes. Sin embargo, hasta la fecha, este proyecto no ha sido publicado, lo que sugiere que la aprobación no se realizará en el plazo previsto.

El actual proyecto de Ley de Migración en su Título V, Artículo 56, detalla el tratamiento migratorio para las personas que renuncian a la ciudadanía cubana.

Proyecto de Ley de Migración, Cuba, junio 2024

Estas personas, una vez aprobada su renuncia, serán consideradas extranjeras y estarán sujetas a los requisitos migratorios correspondientes, incluyendo la presentación de pasaporte extranjero y visado.

Mientras la posibilidad de renunciar a la ciudadanía cubana está reconocida en teoría desde la Constitución de 1976 y mencionada en el proyecto de Ley de Migración, en la práctica sucede que la falta de una Ley de Ciudadanía específica impide ejercer este derecho de forma inmediata.

La aprobación y promulgación de dicha ley es necesaria para establecer claramente los procedimientos y autoridades competentes para la renuncia de la ciudadanía cubana, algo que hasta ahora ha sido eludido por las autoridades de la isla.

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