Gobierno afirma que demanda en Londres no afectará economía cubana

Afirman que sea cual sea la decisión del tribunal de la Alta Corte de Inglaterra y Gales no están comprometidas las finanzas del país ni las del Banco Central de Cuba.

Banco Central de Cuba (imagen de referencia) © CiberCuba
Banco Central de Cuba (imagen de referencia) Foto © CiberCuba

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Este artículo es de hace 1 año

El gobierno de Miguel Díaz-Canel afirmó que la demanda interpuesta por CRF I Limited (CRF) en Londres no afectará a la economía cubana, según reporte en la prensa oficialista.

La posible decisión del tribunal inglés no tendrá implicación alguna en la economía cubana, porque “se trata de una cuestión procesal de jurisdicción, por lo que, en ningún caso, en esta audiencia se discutirán montos financieros de la deuda”, aseguró este miércoles el diario oficialista Granma.


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Sea cual sea la decisión del tribunal de la Alta Corte de Inglaterra y Gales, con sede en la capital del Reino Unido, en la vista oral del 23 de enero próximo, correspondiente a la demanda interpuesta por CRF contra el Banco Nacional de Cuba (BNC) y la República de Cuba, no están comprometidas las finanzas del país ni las de la institución financiera de la isla, afirmó el citado medio.

“Tanto el BNC como Cuba jamás han desconocido las deudas contraídas, siempre que sean válidas, legales, vigentes, exigibles y vinculantes. Se ha mantenido siempre el interés de negociar con aquellas entidades que sí son acreedores legítimos”, sostiene una de las respuestas ante la pregunta de ¿cuál es la posición del BNC y de Cuba sobre el pago de sus deudas y las relaciones con sus acreedores legítimos?

También en otras aclaraciones, el diario refiere que las deudas públicas, objeto de la demanda, se adquirieron durante las décadas del 70 y 80, cuando el país tomó préstamos de Estados soberanos y de prestamistas comerciales.

Refieren, además, que en aquel momento, el BNC era el Banco Central y, en el ejercicio de sus funciones de Banca Central, suscribió en 1984 los dos instrumentos financieros de deuda pública que son objeto de la demanda.

“En ambos casos, el BNC intervino como prestatario, mientras que los prestamistas fueron, en un caso, el Credit Lyonnais Bank Nederland NV y, en el otro, el Instituto Bancario Italiano”, refiere el texto explicativo de la demanda a Cuba en Londres.

Asimismo, puntualizan que los contratos firmados por el BNC se ajustaron a ley cubana y a las normas internacionales para este tipo de negocios y que estos se acordó “que si los prestamistas pretendían ceder sus derechos como acreedores de estas deudas públicas, debían comunicarlo al BNC y a Cuba, y obtener su consentimiento. Sin la aprobación del BNC y de Cuba, dicha cesión no tiene validez jurídica”.

Además, aseguran que el demandante ante el tribunal inglés no es el acreedor original de estos instrumentos, y nunca ha sido acreedor del BNC ni de Cuba.

En otra respuesta, añaden, que CRF es “un fondo buitre” constituido en Islas Caimán, considerado un paraíso fiscal y que “los fondos buitres se dedican a comprar a bajo costo la deuda de un determinado país, a través de cualquier mecanismo, incluso mediante actos ilegales”.

“Este comportamiento de los fondos buitres produce efectos nocivos tanto para el Estado en cuestión como para las relaciones económicas internacionales”, afirma la respuesta.

En otra pregunta responde que el BNC y Cuba no reconocen como acreedor legítimo a CRF, porque al ser un fondo buitre, no hubiera sido aceptado en ningún caso como acreedor”; porque acudieron a mecanismos ilegales para presentarse como acreedores, y porque los mecanismos ilegales utilizados llevaron aparejados serias irregularidades cometidas por funcionarios del BNC, en violación de la ley.

Sobre las “serias irregularidades” de funcionarios del BNC apuntan que “representantes del fondo buitre propusieron a un funcionario del BNC violar los procedimientos regulados en la ley cubana para la aprobación de la cesión de una deuda pública”.

Como resultado de esta propuesta, explican, ese funcionario actuó conscientemente contrario a ley, razón por la cual fue sancionado penalmente y que “el documento para la supuesta cesión, emitido por ese funcionario, incumplió los requisitos legales establecidos tanto en los acuerdos sometidos a derecho inglés, como en las normas internas del BNC y la ley cubana, por lo que es nulo de pleno derecho”.

Este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales arrancó con la lectura previa del pleito de casi $74.5 millones (72.1 millones de euros).

La prelectura judicial concluirá este jueves y el lunes 23 de enero, a las 10 de la mañana, comenzará el juicio en la sede de las Cortes Reales de Justicia, sita en la calle Strand de la ciudad de Westminster, Londres, presidido por la jueza Sara Cockerill, de 54 años, quien sirve en el Tribunal Superior desde noviembre de 2017.

El juicio debe concluir dentro de la semana y la parte perdedora podrá recurrirá al Tribunal de Apelación.

Por ahora, en este juicio no se discutirá si Cuba tiene que pagar o no la deuda de casi $74.5 millones, sino más bien si CRF I tiene potestad para reclamarla ante el Tribunal Superior en Londres.

Si CRF I gana, entonces la deuda se litigará ante ese tribunal, pero si pierde no se extinguirá la deuda, sino el derecho de CRF I a reclamarla en nombre de los acreedores originales: Credit Lyonnais Bank Nederland e lnstituto Banco Italiano.

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