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El Consulado de Perú en Cuba actualizó los requisitos para solicitar una visa de turismo para ese país andino, según información compartida en redes.
La nota difundida este lunes en Facebook advierte que las solicitudes de visa de turismo solo se realizarán mediante CITA PREVIA, a través de correo electrónico: visatur.cita@embaperu.org, en cuyo cuerpo del mensaje se debe poner los nombres y apellidos del solicitante, fecha de nacimiento, número de pasaporte y teléfonos de contacto, tanto celular como fijo.
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También puntualiza que en ese mail se deberá anexar en UN solo archivo, escaneado a colores y en formato PDF, el pasaporte del solicitante, con una vigencia mínima de seis meses contados a partir de la fecha de ingreso a territorio peruano; un estado de cuenta bancario, con un saldo mínimo de 100,000 pesos cubanos, actualizado con un mes de antelación.
Además, se deberá presentar una certificación de Dominio de la vivienda, expedido en los últimos 12 meses. Este requisito no es obligatorio para aquellos que han viajado previamente a Perú o tienen visas vigentes a Estados Unidos, Canadá o Schengen.
Asimismo, se debe adjuntar un certificado de antecedentes penales actualizado, aunque este documento no tiene que estar certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba.
Otros documentos a presentar son: boleto de avión confirmado, reserva de hotel o carta de invitación de dónde se alojará el solicitante y otros documentos adicionales que se consideren convenientes para sustentar solicitud de visa que prueben el origen de los ingresos económicos, como carné de cuentapropistas, registro de envío de remesas del exterior, entre otros.
Los requisitos son para cada persona involucrada en la solicitud y se debe formar un expediente por cada uno, incluidos los menores de edad, con los documentos originales, no copia.
Los menores de edad deberán presentar el Certificado de nacimiento original, además de copia de solicitud de visado del padre o la madre.
En el caso de los matrimonios deberán presentar su certificado original de casados legalmente.
Una vez que la documentación haya sido correctamente enviada y cumpla con todos los requisitos, el interesado recibirá un mail con la fecha y hora de la cita, así como la documentación requerida que deberá presentar.
Solo se podrá enviar un solo correo, en caso de duplicarse o incumplirse el formato establecido se rechazará de inmediato la solicitud.
Toda las solicitudes se procesan en el Sistema, y en caso de ser rechazada, el solicitante no podrá volver a pedir visas hasta seis meses después.
Para obtener más información sobre este trámite se podrá escribir al correo: visatur.cita@embaperu.org, habilitado exclusivamente para estos casos, además, de mantenerse actualizada la información sobre visados en la página de Facebook del Consulado peruano en la isla.
El costo del visado de turismo es de 750 pesos cubanos y solo se recibirá en CUP, en efectivo y en el monto exacto.
La visa de turismo tendrá una vigencia de un año, con permanencia de 183 días y es de entradas múltiples.
En marzo de este año, el gobierno peruano aclaró que no ha exonerado de visas a los ciudadanos cubanos, luego de que circulara información sobre una presunta eliminación del requisito de visado de tránsito para hacer escala en ese país.
Mediante un comunicado oficial dijeron que "todos los ciudadanos cubanos requieren de visa para ingresar, permanecer y salir de territorio peruano".
Asimismo, que las "visas deben ser gestionadas en las Oficinas Consulares peruanas" y que la "legislación peruana no contempla la calidad migratoria de tránsito".
El consulado en La Habana emitió también en esa fecha un aviso en el que confirma la decisión de Perú y aclara que todos los ciudadanos extranjeros, de cualquier nacionalidad, que realicen conexiones internacionales en el aeropuerto de Lima, necesitarán o no visados de tránsito en dependencia del modo como la aerolínea haya gestionado el trasbordo entre los dos vuelos internacionales.
Una primera variante es que los pasajeros puedan dirigirse de manera directa al área de conexiones internacionales del aeropuerto para luego continuar viaje hacia otro destino, en cuyo caso no requieren contar con una visa, cualquiera sea su nacionalidad.
Y la segunda, que los pasajeros deban pasar control migratorio para recoger maletas, hacer el "check in" en el counter de la compañía aérea para ingresar nuevamente a la zona de embarque, en cuyo caso deberán contar con el correspondiente visado, si su nacionalidad así lo determina.
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