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El gobierno cubano anunció la flexibilización de la importación de sustancias controladas por parte de viajeros que las consuman bajo tratamiento médico.
La jefa del Departamento de Servicios Farmacéuticos del Ministerio de Salud Pública, Mailin Beltrán Delgado, explicó en la emisión de la Mesa Redonda televisiva del jueves, las modificaciones de la prohibición de importación y exportación de productos médicos a los viajeros internacionales.
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Las nuevas regulaciones se refieren al tratamiento que tendrán en frontera las drogas estupefacientes, psicotrópicos y sustancias de efecto similar a las drogas de uso médico.
También se incluyen medicamentos, vacunas, hemoderivados y equipos y dispositivos médicos.
La funcionaria aclaró que la nueva norma no modifica la regulación vigente sobre importación de medicamentos e insumos médicos en cantidades libres de aranceles.
"Estamos hablando de una norma para productos muy específicos que pudieran ser dañinos para la salud", subrayó.
El objetivo, según Beltrán, es lograr un tránsito en fronteras más seguro y expedito, así como un control efectivo de las entradas y salidas de estos productos al país, pues se unifica en un solo documento todo lo establecido en relación con el control sanitario y de aduana.
A partir de ahora se flexibiliza la transportación de medicamentos a los pacientes que los necesitan para su tratamiento médico, y se tendrá en cuenta a la salida del viajero si regresa con este o no.
"Primero: autorizar a los viajeros internacionales que transporten en su equipaje acompañado, a su arribo al país, los preparados farmacéuticos que contengan sustancias fiscalizadas, para el cumplimiento de tratamiento médico prescrito y en las cantidades que se correspondan con este propósito", detalló Beltrán.
"Segundo: los viajeros internacionales que utilicen sustancias fiscalizadas para el tratamiento de mantenimiento y de sustitución de la drogodependencia, tramitan y obtienen la autorización previamente a su arribo al país para transportar e importar su tratamiento médico", añadió.
"Hasta ahora, estaba totalmente prohibida la entrada de estos productos al país, salvo cuando, de manera excepcional, se presentaba un caso y el ministro de Salud Pública tenía que evaluar y autorizar", recordó.
La jefa del Departamento de Servicios Farmacéuticos del MINSAP mencionó algunos de los medicamentos fiscalizados (estupefacientes y psicotrópicos): morfina, codeína, metilfenidato, alprazolam, clordiazepóxido, entre otros, los cuales están agrupados por listas.
En cuanto a los fármacos con efectos similares, se permiten hasta 100 tabletas y tres frascos o tubos sin presentar documentación médica. Estos son:
– Amitriptilina, tabletas
– Carbamazepina tabletas
– Desipramina tabletas
– Flufenazina tabletas
– Homatropina colirio-frascos
– Imipramina tabletas
– Levomepromazina tabletas
– Lidocaína (crema, jalea o spray)- frascos o tubos
– Tioridazina tabletas
– Trifluoperazina tabletas
La funcionaria señaló que la norma establece las cantidades de productos a importar o exportar, así como la presentación de documentación médica en los casos en que se requiera avalar su prescripción.
También se introduce la valoración técnica en frontera de los profesionales de control sanitario internacional, quienes participarán en la toma de decisiones para agilizar los procesos.
Beltrán aclaró que la norma ratifica la no entrada de drogas por la vía postal.
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