Gallardo Law Firm comenta las nuevas restricciones para obtener el permiso de empleo a través del asilo

“Cambiaron la ley para desestimular a la gente a que entren y pidan asilo, porque saben que no podrán aplicar para un permiso de trabajo hasta después de un año”, dijo el experto.


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Recientemente el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de Estados Unidos dio a conocer las nuevas normas que dificultan la elegibilidad de los solicitantes de asilo para obtener un permiso de trabajo, una ley que afectará a decenas de miles de inmigrantes.

Abogados de la compañía Gallardo Law Firm, con sede en Miami, Florida, analizaron las implicaciones de la ley, no solo para quienes piden asilo al cruzar la frontera, sino para aquellos cuyos casos de asilo ya han sido resueltos de forma positiva y aguardan poder a comenzar a ganarse la vida de forma legal y obtener un número de Seguro Social.

La disposición, que entrará en vigor el próximo 25 de agosto, se denomina oficialmente Solicitudes de Asilo, Entrevista y Autorización de Empleo para Solicitantes, y entre sus principales cambios a la legislación actual está el de aumentar el tiempo de espera para pedir y obtener la autorización de empleo basado en peticiones de asilo pendientes.

Jesús Novo explicó al programa Contigo, realizado en colaboración con CiberCuba, que a partir del 25 de agosto ya no se podrá esperar 150 días para conseguir la autorización, sino 365.

En su opinión, lo que ha hecho el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) es poner trabas dirigidas a “evitar que más personas entren a Estados Unidos, que más personas puedan trabajar legalmente aquí”.

“Esto es para que las personas que estén pensando entrar y pedir asilo lo piensen dos veces. Piensen: ‘Bueno, ya no es como antes, que yo entraba y pedía asilo y permiso de trabajo y a los 150 días podía aplicar’”, aseguró.

“Ya no, ahora tienen que esperar, más allá de que su asilo sea válido, fuerte, sólido, no importa. Los oficiales que reciben las aplicaciones no pueden recomendar que se otorgue o que es niegue. O sea, no pueden recomendar que se aprueben. Lo cual envía a las personas hacia atrás muchísimo tiempo”, indicó el abogado.

“Otra cosa que esta regulación consideró fueron las personas que no entran por un punto de entrada a Estados Unidos. Si cruzaste la frontera y te detuvieron, ya no vas poder aplicar para un asilo. Me parece que una cosa no tiene nada que ver con la otra, porque si una persona tiene un asilo no importa por dónde haya entrado, me parece a mí”, afirmó.

“Los más triste de todo es que cuando tú después vayas a aplicar a tu residencia, te van preguntar: ‘¿Cómo tú te ganaste la vida mientras esperabas la residencia?’. Por un año yo no pude ir a trabajar, tiene que haber sido caridad. Ellos esperan que tú digas que trabajaste ilegalmente, lo cual es una mala idea, porque si trabajas ilegal en Estados Unidos, sin tener el permiso de trabajo, eso te puede negar que te den beneficio de emigración”, precisó.

Según expresó USCIS en un comunicado, el objetivo de la medida es “impedir a los extranjeros ingresar ilegalmente a Estados Unidos y presentar solicitudes de asilo frívolas, fraudulentas o no meritorias a fin de obtener un documento de autorización de empleo”.

Al decir de Novo, hay muchas maneras de filtrar esas aplicaciones frívolas y superfluas, sin tener que castigar a las personas que poseen un asilo válido, sólido, porque son perseguidos de verdad en sus países.

Para el experto, el hecho de que a esos emigrantes que deben salir huyendo de su lugar de origen se les diga: ‘No te vamos a dar permiso para que trabajes por un año entero’, no va a filtrar ninguna petición fraudulenta o frívola.

“Si la gente tiene miedo y se siente perseguida, va a seguir viniendo y cruzando la frontera, porque es la única forma que tienen de escapar”, insistió.

“Cambiaron la idea para quitarle el estímulo a la gente de que entren y pidan asilo, porque entonces saben que después no van a poder aplicar para un permiso de trabajo hasta después de un año, en vez de cinco meses como era antes”, subrayó.

El abogado reiteró también que el primer paso que exige la ley de asilo es probar que existe un miedo creíble si se regresa al país. “Eso no quiere decir que te vayan a dar tu asilo, porque eso lleva unos estándares más altos”, recalcó.

“Para el caso específico de los cubanos, “la ley de asilo divide entre un refugiado económico y uno político. Si tú vienes estrictamente por un problema económico, no consigues trabajo porque no estás con el gobierno, pero en realidad no has sido detenido, perseguido, no te han llevado preso, no te acosan, quizás eso sea más difícil probar que está motivado y quizás ni siquiera llegues a pasar lo que se llama el miedo creíble”, argumentó.

Novo remarcó que todas las personas que hayan aplicado antes del 25 de agosto no tendrán problemas en sus respectivos procesos. “Pueden acogerse a lo que existía antes, que son los 150 días, que en realidad después se convertían en 180 días”.

“Si alguien tiene una aplicación pendiente debe hacerlo ya, no debe ponerse a esperar”, añadió.

Gallardo Law Firm tiene un equipo de profesionales especializados en diversos temas. Para quienes tienen alguna duda sobre trámites migratorios la primera consulta en este despacho es gratuita y podrán acompañarlos durante el proceso que deseen iniciar.

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