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El Gobierno de España decidió prorrogar por seis meses los permisos de los inmigrantes que expiran durante la vigencia el estado de alarma o hasta tres meses antes de su declaración.
Así quedó reflejado en la orden que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se especifica que esta prórroga automática tendrá efecto "a partir del día siguiente al de la caducidad de la autorización y se extenderá durante los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma".
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Esta medida fue firmada por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, a propuesta de la Secretaría de Estado de Migraciones; e incluye a todas las autorizaciones de residencia, trabajo o estudios.
"La imposibilidad de presentar las solicitudes de renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo está generando gran inseguridad jurídica tanto para los extranjeros que se hallan en España, como para los empleadores y resto de operadores sociales y económicos", afirma el texto oficial.
En este sentido se justificó la medida para aportar "seguridad jurídica" en un momento extraordinario marcado por la crisis sanitaria que ha provocado el coronavirus.
"Con el fin de aportar la debida seguridad jurídica exigida ante esta extraordinaria situación y evitar que, una vez se levante el estado de alarma, los extranjeros puedan encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida, es necesario proceder a prorrogar de forma automática todas aquellas autorizaciones que venzan durante la vigencia del estado de alarma, así como de aquellas que vencieron en los tres meses previos a su declaración", añadió el documento oficial.
Además se cubre a todos los inmigrantes con autorización de residencia y trabajo, a los extranjeros con permisos de estudios, prácticas no laborales o voluntariado y se extiende también a la renovación de las tarjetas de familiares de ciudadanos de la Unión Europea.
Esta decisión supone un problema menos para miles de personas que, antes de la crisis sanitaria ya tenían que esperar meses para renovar cualquiera de sus documentos.
También se regula la situación de los extranjeros residentes en España que no se encuentren en el territorio nacional y cuyas autorizaciones de estancia o de residencia, o visados de larga duración caduquen durante la vigencia del estado de alarma.
"A tal fin, se habilita a que estos puedan entrar en España con su documento de viaje válido a tales efectos y la Tarjeta de Identidad de Extranjero o visado caducado. Finalmente, se prevé que las ausencias del territorio español ocasionadas por la situación del COVID-19 no serán tenidas en cuenta a efectos de computar la continuidad de la residencia, con el fin de evitar que la imposibilidad de regresar a España por el cierre de fronteras terrestres y aéreas perjudique de forma negativa su estatus regular en el país", informaron.
Desde el inicio de la crisis sanitaria, en el territorio español han fallecido 27 778 personas y han sido confirmados 232 037 casos.
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